Ya hay claridad sobre algunos vacíos en las normas que reglamentan las fotomultas. De hecho, el Congreso de la República, con la sanción de la Ley 2161 de 2021, estableció que es el propietario del vehículo quien debe responder si el carro aparece con alguna infracción de tránsito.
Lo importante ahora es que el propietario tiene que ser muy consciente de a quién le suelta el vehículo
En entrevista con EL TIEMPO, la secretaria de Movilidad, Deyanira Ávila, habló sobre cómo modifica esta directriz la detección de infractores por fotomulta en la capital.
“Lo importante ahora es que el propietario tiene que ser muy consciente de a quién le suelta el vehículo. El que vaya conduciendo responde por la acción en vía”, manifestó Ávila.
Respecto a cuáles son las infracciones que pueden ser detectadas por las cámaras de multas, Ávila respondió que se trata de cinco y explicó que “es importante que la gente logre entender que la fotodetección es una herramienta y la tecnología apoya esa regulación”.
Una de las infracciones es no respetar el límite de velocidad, el cual en Bogotá es de 50 kilómetros por hora. También se detecta si los vehículos no respetan los pasos peatonales o se pasan los semáforos en rojo.
Otra de las infracciones que delata es si el vehículo no cuenta con Soat o no tiene al día la revisión tecnicomecánica.
Además, detecta si el vehículo infringe el pico y placa o está estacionado en un sitio prohibido.
En la capital hay 109 cámaras, de las cuales operan en fotodetección 72 y las demás están en mantenimiento.
Ávila añadió que las cámaras que hay en Bogotá están autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. “Si bien nosotros tenemos un cuerpo de agentes y de la Policía que hacen ese control directo en vía, hoy la fotodetección es un apoyo y es una herramienta autorizada por la ley para que sigamos haciendo ese control”, agregó.
EL TIEMPO