¿No le gustó el regalo? Así se puede hacer el cambio y las condiciones para hacerlo

Le contamos unos trucos legales con los que puede conseguir un cambio o devolución.

En Estados Unidos 'Santa Claus' reparte los regalos- Foto: iStock

PeriodistaActualizado:
La temporada navideña y de fin de año, de forma frecuente, despierta el deseo de sorprender a los seres queridos con regalos inolvidables. Sin embargo, puede resultar que estos no sean agradables a su destinatario final, y surge la pregunta ¿qué se puede hacer si no le gustó el regalo?
A pesar de la cuidadosa selección, los gustos pueden ser subjetivos, y no todos los regalos resultan en un acierto. Las políticas de cambio flexibles de algunas tiendas permiten a los receptores ajustar su regalo y disfrutar de algo que realmente les haga feliz.

Trucos a tener en cuenta para cambiar un regalo si no le gustó

La Superintendencia de Industria y Comercio dice que: “el querer cambiar compras puede resultar más frecuente de lo que se cree, sin embargo, es importante tener en cuenta que sí es posible retractarse de una compra cuando esta se hace mediante contratos en los que el productor o proveedor otorga financiación directa, en las ventas que utilizan métodos no tradicionales o a distancia”.
Antes de realizar un cambio, es esencial conocer las condiciones establecidas por la tienda o el comercio donde se realizó la compra. Estas pueden incluir plazos específicos, la presentación del recibo de compra o etiquetas intactas. Cada establecimiento puede tener reglas diferentes, por lo que es crucial revisarlas con atención.
Generalmente, los plazos para realizar cambios varían según la tienda. Algunas permiten cambios hasta 30 días después de la compra, mientras que otras pueden ofrecer periodos más amplios, entre 60 y 90 días, especialmente durante la temporada navideña. Respetar estos plazos es esencial para garantizar una transacción sin inconvenientes.
En muchos casos, la presentación del recibo de compra es un requisito fundamental para realizar cambios. Este documento sirve como prueba de la compra y facilita el proceso.

¿Qué se debe tener en cuenta para retractarse de una compra?

La Superintendencia de Industria y Comercio menciona cuáles son algunas de las recomendaciones a tener en cuenta si se desea realizar el cambio de alguna compra. Esto dice la SIC:
  • El consumidor deberá devolver el producto al productor o proveedor por los mismos medios y en las mismas condiciones en que lo recibió. Es importante que tener en cuenta que los costos de transporte y los demás que conlleve la devolución del bien serán cubiertos por el consumidor.
  • El término máximo para ejercer el derecho de retracto será de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la entrega del bien o de la celebración del contrato en caso de la prestación de servicios.
  • Tener presente que el proveedor o distribuidor tendrá un tiempo de hasta treinta (30) días calendario para hacer la devolución total del dinero, sin que haga descuentos o retenciones de ningún tipo.

La Navidad es una época de compartir con la familia y seres queridos. Foto:iStock

Estas son las excepciones al derecho del retracto

Sin embargo, aunque se puede retractar de una compra, la Superintendencia de Industria y Comercio menciona que también existen algunas excepciones al derecho del retracto. Conózcalas.
  • En contratos de prestación de servicios cuya prestación haya comenzado con el acuerdo del consumidor.
  • En contratos de suministros de bienes o servicios cuando el precio está sujeto a fluctuaciones del mercado que no se puedan controlar.
  • En los contratos de bienes personalizados o confeccionados de acuerdo a las especificaciones del consumidor (vestido de matrimonio, primera comunión, traje a la medida, entre otros).
  • En contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.
  • En contratos de servicios de apuestas y loterías.
  • En contratos de adquisición de bienes perecederos.
  • En los contratos de adquisición de bienes de uso personal.
  • La Red Nacional de Protección al Consumidor (RNPC) y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), a través de sus programas Casas y Ruta del Consumidor, brinda orientación gratuita frente a este y todos los temas de protección al consumidor de bienes y servicios.

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