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¿Cuáles son los vehículos que están exentos de pagar peaje y por qué? Conozca el listado de automotores que no pagan este impuesto en Colombia

Los vehículos deben prestar algún servicio a la comunidad, como garantizar la seguridad y bienestar de la ciudadanía. 

En el Senado uno de los reclamos fue por el alto costo de los peaje y el mal estado de algunas carreteras. Una cosa es el sitio de cobro y otra es la realidad de la vía. Foto: Claudia Rubio / EL TIEMPO

PeriodistaActualizado:
En Colombia, el debate sobre la infraestructura vial y el sistema de peajes es constante y refleja una preocupación compartida entre los ciudadanos y las autoridades. La Ley 787 de 2002 es fundamental en este contexto, pues establece las bases para la construcción, conservación y gestión de la infraestructura de transporte nacional.
Uno de los puntos más discutidos de esta ley es la exención de peajes para ciertos tipos de vehículos, una disposición que busca equilibrar el a las carreteras con la necesidad de mantener su buen estado operativo.

El nuevo peaje de Sopó empezó a operar desde el pasado jueves 16 de enero. La tarifa para carros particulares es de 10.000 pesos. Foto:Cortesía Alcaldía de Guasca

La implementación de peajes en las carreteras nacionales no solo genera ingresos para la infraestructura, sino que también plantea desafíos en términos de equidad fiscal y satisfacción de los s. Esta ley establece que los recursos para la infraestructura de transporte provienen del presupuesto nacional y de los cobros por uso de las obras de infraestructura, garantizando así su adecuado mantenimiento y desarrollo.

¿Cuáles son los vehículos que no pagan peaje en el país?

Uno de los aspectos más destacados de la Ley 787 es la lista explícita de vehículos exentos de pagar peaje en Colombia.
 Esta lista incluye: 
  • Motocicletas
  • Bicicletas
  • Vehículos del Cuerpo de Bomberos (tanto oficiales como voluntarios)
  •  Ambulancias de la Cruz Roja
  • Vehículos de Defensa Civil
  • Vehículos de hospitales oficiales
  •  Vehículos de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional
  • Vehículos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)
  • Así como vehículos del Departamento istrativo de Seguridad y otras instituciones que desempeñan funciones de Policía Judicial.

Los bomberos de la estación de Puente Aranda fueron quienes atendieron el incidente. Foto:Edixon Ruiz

La exención de peajes para estos vehículos se fundamenta en su servicio público esencial o en su contribución a la seguridad y bienestar de la comunidad. Por ejemplo, las ambulancias y los vehículos de bomberos tienen libre a las vías con el objetivo de responder rápidamente a emergencias y situaciones críticas. 
Del mismo modo, los vehículos militares y policiales tienen la tarea de garantizar la seguridad y el orden público, siendo vital su capacidad de movilización rápida y efectiva.
En cuanto a la regulación de los peajes y su determinación económica, la ley establece que deben ser equitativos y considerar el impacto fiscal en los s. Esto implica un análisis detallado de diversos factores como el costo de mantenimiento de la infraestructura, el tráfico vehicular y las necesidades financieras para mejorar y ampliar la red vial nacional. 
Además de la exención de peajes para ciertos vehículos, la Ley 787 del 2002 también aborda la gestión de las tarifas y tasas de valoración en las vías nacionales. Esta gestión se realiza bajo un criterio de equidad fiscal, asegurando que los costos de uso de las carreteras sean justos y proporcionales al beneficio recibido por los s.
Esto implica un proceso de evaluación continua para ajustar las tarifas según las necesidades cambiantes de mantenimiento y desarrollo de la infraestructura vial.
DANIELA GUTIÉRREZ
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

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