El director de la Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales de Colombia, Dian, Luis Carlos Reyes, explicó que las cuentas con una actividad mensual inferior a 14,8 millones (350 UVT) quedarán exentas del cobro del impuesto del 4 x 1.000, que es un mecanismo que consiste en que por cada mil pesos de una transacción (ya sea un retiro, un traslado o un pago) cuatro pesos serán destinados al pago de este tributo.
Antes el límite que tenían las cuentas para no tener que pagar el impuesto era de 13,3 millones.
Además la norma también establece que, aunque ya existe una exención para una sola cuenta bancaria marcada, en adelante, los bancos deberán consolidar información entre ellos para que la exención aplique sin necesidad de marcar la cuenta.
Es decir, que serán los bancos quienes identifiquen cuando un está excediendo los 350 UVT mensuales en sus movimientos financieros para ahí sí cobrar el impuesto.
Impuestos Foto:iStock
De acuerdo con Reyes, las entidades bancarias cuentan con un plazo máximo para poder implementar todos los ajustes tecnológicos necesarios con el objetivo de que se pueda acoplar un sistema de información todos los datos relacionados con las operaciones de los s.
La fecha límite que se fijó para realizar estas modificaciones es el 13 de diciembre de 2024.
En tanto que no se implementen los cambios, sólo se verá beneficiada con la exención una única cuenta, para lo cual el titular deberá indicar esto por escrito ante la entidad financiera aclarando que los retiros mensuales no superan el monto máximo establecido.
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