¿En qué momento expresarse frente a un policía puede entrar a considerarse un irrespeto a la autoridad? ¿Se trata de solo de insultos o se incluyen otras expresiones?
Esas son algunas de las preguntas que la Corte Constitucional podría resolver ya que itió para su estudio una demanda en contra de un artículo del Código de Policía que sanciona con multa ese irrespeto al estimar que es muy amplia y no precisa de qué comportamientos se trata.
Se “deja a libre albedrio a los agentes de policía para considerar ‘infracciones’ simples situaciones donde los ciudadanos expresan libremente su opinión”.
La demanda la presentó Daniel David Martínez quien indicó que la descripción de la falta, calificada como un comportamiento que afecta la relación entre personas y las autoridades, tiene una redacción que permite que “cualquier expresión pueda llegar a ser entendida por ‘irrespeto a la autoridad’”.
“Al no tener tipificada de manera expresa y escrita los alcances de este numeral se puede llegar a comprender erróneamente que las limitaciones a este derecho son absolutas y que por ende este artículo transgrede más de lo debido la libertad de expresión”, insiste el recurso.
La demanda, además, señala que no tener expresamente señalado qué conductas pueden llegar a ser consideradas como irrespetuosas, “deja a libre albedrío a los agentes de policía para considerar ‘infracciones’ simples situaciones donde los ciudadanos expresan libremente su opinión”.
“El Estado no puede limitar el derecho a la libertad de expresión […] con la creación de artículos genéricos y con poca descripción, donde se genera un vacío que termina siendo usado a su arbitrio por los agentes de policía para justificar la imposición de comparendo a ciudadanos que simplemente expresan su opinión”, agrega el recurso.
En ese sentido, la demanda dice que de esta forma se está limitando la libertad de las personas “de manifestar lo que sienten, y en todo lugar manifestar cuando no se sientan cómodos con un procedimiento policial sin temor a ser juzgados por expresarse, y sin temor en este caso a ser multados o que se les interponga comparendo”.
La demanda fue itida por el despacho de la magistrada Natalia Ángel Cabo quien solicitó concepto al respecto al Presidente de la República, al Ministerio de Defensa y a la Policía Nacional para que intervengan en el proceso, así como a la Defensoría del Pueblo, a la Comisión Colombiana de Juristas, a la Corporación Justicia y Democracia, a la organización Mutantes, a la organización Linterna Verde, a la organización Temblores y al Semillero de Investigación de Seguridad y Convivencia Ciudadana de la Universidad Autónoma de Bucaramanga.
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