La Sala Plena estudió esta tarde si la magistrada Diana Fajardo, quien llegó a la Corte Constitucional hace casi un mes tras ser elegida por el Senado, debía declararse o no impedida para estudiar la ley de amnistía.
Por cinco votos contra cuatro, la mayoría de magistrados de la Corte -entre los votos estuvieron los de dos conjueces- decidieron que Fajardo sí puede participar de esos debates porque no participó en la creación de la ley de amnistía, en medio del proceso de paz con las Farc.
Los magistrados que estaban a favor de que se declarara impedida -Alberto Rojas, Luis Guillermo Guerrero, Gloria Ortiz e Iván Escrucería Mayolo- afirmaron que Fajardo fue supervisora de un contrato en el que el magistrado Carlos Bernal presentó un concepto que sí tocó temas de la ley de amnistía. Sin embargo, la mayoría de la Corte no estuvo de acuerdo con esa posición.
En esta ley ya se encuentran impedidos los magistrados Carlos Bernal y Cristina Pardo, quienes también llegaron hace poco a la Corte. En el caso del primer magistrado, el impedimento se dio porque presentó un concepto sobre la acción de repetición contra agentes del Estado que se acojan a la Justicia Especial para la Paz y sean beneficiados con el cese de la acción penal.
En el caso de la magistrada Pardo, su impedimento se dio porque como Secretaria Jurídica de Presidencia hizo parte de la construcción del Acto Legislativo que creó la JEP, la reincorporación política de las Farc, la ley de amnistía, entre otras normas para implementar el acuerdo con la guerrilla.
De otro lado, el magistrado Antonio José Lizarazo se declaró impedido para estudiar la ley que permitirá que las Farc participen en política.
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