¿Un católico puede casarse con una persona de otra religión? Esto debe saber

Esto responde la iglesia católica con respecto al matrimonio de personas de diferente religión.

Estas indicaciones se encuentran incluidos en el Derecho canónico. Foto: iStock

PeriodistaActualizado:
En el mundo existen parejas, que al conocerse, no se detienen a pensar en temas tan profundos como la religión que profesan.
Más adelante, cuando ya piensan en formalizar la relación, se dan cuenta de que son de religiones diferentes y muchos lo ven como un impedimento para poder continuar con el enlace, puesto que se ha llegado a pensar que ninguna religión se permitirá que se realice un matrimonio entre personas con distinto credo.
No obstante, el portal religioso ‘Catholic.net’ ha resuelto este interrogante, para quienes tienen una relación con alguien de diferente religión, pero quieren casarse por lo católico.
De acuerdo con el portal en mención, sí es posible que una pareja con diferente religión contraiga matrimonio en la iglesia católica.
Este tipo de unión se denomina 'matrimonio mixto’ y ocurre cuando "dos personas cristianas, de las cuales una fue bautizada en la iglesia católica y la otra a una iglesia que no está en plena comunión con la iglesia católica", deciden contraer matrimonio.
El Derecho canónico establece en su código lo que hace la iglesia católica para la preparación, celebración y acompañamiento de este tipo de matrimonios, así como también orientaciones para velar por la dignidad del matrimonio y la estabilidad de una familia cristiana.
Para poder llevar a cabo este tipo de matrimonios es necesario contar con la autorización de la autoridad católica, que en este caso es el obispo.
Según el código de Derecho canónico, en su numeral 1125, existen tres condiciones que se establecen para otorgar la licencia de matrimonio mixto, estas son:
  • Que la parte católica declare que está dispuesta a evitar cualquier peligro de apartarse de la fe, y prometa sinceramente que hará cuanto le sea posible para que toda la prole se bautice y se eduque en la Iglesia Católica.
  • Que se informe en su momento al otro contrayente sobre las promesas que debe hacer la parte católica, de modo que conste que es verdaderamente consciente de la promesa y de la obligación de la parte católica.
  • Que ambas partes sean instruidas sobre los fines y propiedades esenciales del matrimonio, que no pueden ser excluidos por ninguno de los dos.
Además de estas indicaciones, el código de Derecho canónico también aclara que es la conferencia episcopal la que determinará el modo en el cual se realizarán las declaraciones y demás requisitos, el registro de estas y el informar a la otra parte sobre la situación.
LUZ ANGELA DOMÍNGUEZ CORAL
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO

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