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Las razones por las que los bogotanos no acuden casi al recurso de apelación

La Personería alertó sobre demoras en el trámite, así como desconocimiento de los ciudadanos.

Tribunales de Bogotá y Cundinamarca.

Tribunales de Bogotá y Cundinamarca. Foto: iStock / Google Maps

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PERIODISTA DE BOGOTÁActualizado:

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La Personería de Bogotá lanzó una advertencia acerca de las presuntas demoras y el desconocimiento en los trámites para que los ciudadanos de la capital que enfrentan procesos policivos y que están a la espera del fallo definitivo contra entidades distritales puedan acceder a un recurso de apelación. 
El organismo de control aseguró que este recurso, que sirve para revisar la posible vulneración del debido proceso o la garantía a defenderse, "se convirtió en un trámite difícil, lento y engorroso para el ciudadano que busca justicia".
La Personería agregó que "no hay unificación de criterios respecto del proceso policivo, por lo que cada autoridad istrativa, encargada de tramitar casos en segunda instancia, adoptó mecanismos y protocolos diferentes, generando incertidumbre frente a los residentes en la capital, que presentan su inconformidad frente a las decisiones que los afectan".
Se han proferido 989 mil decisiones de fondo, de las cuales solo el 0.3 % han sido objeto de recurso de apelación
La resolución de los recursos de apelación, antes de la Ley 1801 de 2016, estaba en cabeza de una sola autoridad de Policía. Pero, de acuerdo con el Ministerio Público, desde hace siete años pasó a ser del conocimiento de 12 autoridades diferentes.
Esto "dificulta el a la justicia policiva en segunda instancia y conlleva a que los presuntos infractores no ejerzan su derecho a la defensa por desconocimiento del proceso que deben iniciar". 
Martha Lucía Cipagauta, delegada para Asuntos Policivos y Civiles de la Personería de Bogotá, dijo que “desde la entrada en vigencia del Acuerdo 735 de 2019, que creó las Autoridades istrativas Especiales de Policía en Bogotá, encargadas de resolver los recursos de apelación interpuestos contra decisiones de alcaldes, inspectores y corregidores, se han proferido 989 mil decisiones de fondo, de las cuales solo el 0.3 % han sido objeto de recurso de apelación, lo que permite inferir que la ciudadanía no tiene conocimiento de esta instancia ni de su funcionamiento”.

Los que más recursos tienen

Se encontró que hasta el momento algunas secretarías (Hábitat, Educación, Cultura, Recreación y Deporte) no han conocido de ningún recurso.
Ciclorrutas

Ciclorrutas Foto:Héctor Fabio Zamora / EL TIEMPO

Además, otras entidades han llegado un número bajo de apelaciones, como Cuerpo Oficial de Bomberos (3); Secretaría de Salud (5); Ambiente (30) y el Instituto de Protección Animal (48).
En contraste, quienes sí han tramitado el mayor número de apelaciones son el Departamento istrativo de la Defensoría del Espacio Público, con 129; la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, con 255; la de Planeación, con 280, y la de Gobierno, con 1.956.
Entre los casos que se conocen se destacan las disputas en comportamientos contrarios a la convivencia que ponen en riesgo la vida e integridad de las personas, como en ciclorrutas y carriles exclusivos para bicicletas.
También en comportamientos relacionados con la prestación del servicio de baño, así como situaciones que afecten la convivencia en establecimientos educativos, como el consumo de sustancias.
“Por otra parte, las Comisarías de Familia, que también fueron designadas en esta función, nunca han cumplido con esta competencia, por lo que no hay una razón que permita entender el fin perseguido con la creación de estas autoridades, haciendo más difícil unificar criterios en los procesos de policía”, indicó Cipagauta.

Conclusiones

La Personería señaló que, durante la última instancia de un proceso policivo, el mismo acuerdo señala que la istración distrital “garantizará que los profesionales que instruyan o sustancien los procesos de segunda instancia sean especialistas y que además demuestren experiencia en los asuntos a resolver". 
No obstante, según el Ministerio Público, hay autoridades que no cuentan con funcionarios que tengan la destreza requerida.
Por tal razón, el organismo de control solicitó que estas autoridades sean convocadas con el fin de que unifiquen criterios alrededor del proceso de policía, conllevando a garantizar el debido proceso de los ciudadanos, en el trámite y sustentación de recursos de apelación interpuestos contra las decisiones de los inspectores y corregidores distritales de policía.
"Asimismo, se evidencia la necesidad de que se expida un nuevo Código de Policía en Bogotá, con el fin de contar con una herramienta que se ajuste al nuevo procedimiento de policía y competencias de las autoridades distritales, toda vez que el expedido por el Acuerdo 079 de 2003, quedó desactualizado por la entrada en vigencia del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana en el año 2016", agregó la Personería.
Finalmente, se insta a que estas autoridades cuenten con profesionales especializados y expertos en asuntos policivos para resolver los recursos de apelación, teniendo en cuenta que su competencia es revisar que las decisiones adoptadas por los inspectores y corregidores para velar por el respeto de los derechos de la ciudadanía.

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