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Cuáles restricciones de la cuarentena en Bogotá siguen vigentes

Aunque hay más empresas autorizadas para reactivarse, muchas de las medidas aún no se han levantado.

Zonas comerciales como la de San Victorino ya estableció el control de temperatura en los comercios

Zonas comerciales como la de San Victorino ya estableció el control de temperatura en los comercios Foto: EFE

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EDITOR DE BOGOTÁActualizado:

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Al contrario de lo que muchos ya piensan, la cuarentena en Bogotá no se ha acabado. Solo se entró en una nueva fase, con varios sectores económicos reactivándose y muchas más personas exentas y con la posibilidad de movilizarse por la ciudad.
Esto quiere decir que mientras no haya una decisión diferente, continúa la aplicación de las medidas de aislamiento obligatorio, entre ellas las limitaciones a la circulación de personas y vehículos.
De hecho, a través del decreto 143 del 15 de junio, en el marco de la emergencia sanitaria, la alcaldía extendió las restricciones hasta el 1.º de julio y creó otras.
Siguen exceptuadas las actividades consideradas esenciales, como abastecimiento de alimentos, medicamentos e implementos médicos, o funciones de cuidado de adultos mayores, niños y adolescentes o de personas con discapacidad, así como las relacionadas con los sectores de salud, vigilancia y seguridad. También tienen permiso los menores de edad y los mayores hasta 69 años para hacer deporte y sacar a la mascota.
Tienen medidas de aislamiento más estrictas que el resto de la ciudad las UPZ de Suba Tibabuyes y Suba Rincón, Bosa Occidental, Jerusalén, en Ciudad Bolívar, y Engativá Centro.
Ya se ha autorizado el trabajo a empresas de los sectores de obras públicas, construcción, manufactura, comercio y servicios. De acuerdo con los estimativos de la alcaldesa Claudia López, al menos 4 millones y medio de personas están saliendo a las calles.
Estas son las medidas que continúan vigentes en principio hasta el 1.º de julio, en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus covid-19 en Bogotá:

Limitaciones para los carros y personas

No hay ‘pico y placa’, pero está limitada la libre circulación de personas y vehículos.
Solo se permite la circulación de una persona por familia para la compra de bienes y servicios.
Pueden salir a la calle aquellas personas y vehículos exceptuados en el decreto nacional 749.
Los exentos deben utilizar el carro compartido. Pero no pueden ir más de tres personas, incluyendo el conductor. Todos deben usar tapabocas.
Existe un límite de velocidad: 50 km/h con excepción de tres vías. Tienen hasta 60 km/h la calle 26 y la autopista Norte, la carrera 7.ª entre calles 93 y 95 y la autopista Sur entre carrera 74G y límites con Soacha.

Así funciona el ‘pico y cédula’

Aplica para ingresar a cualquier establecimiento comercial y de servicio para realizar compras de productos al detal y por mayor, servicios bancarios, financieros, notariales y atención en entidades públicas.
En los días impares no podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en impar.
En los días pares no podrán acceder las personas cuya cédula o documento de identidad termina en digito par.
Están exceptuados de esta restricción los servicios de salud, farmacia y funerarios.
El control de esta restricción al ingreso estará en cabeza de los establecimientos. En el caso de un centro comercial, si uno de los locales incumple, causaría el cierre total.
Los centros comerciales han adoptado medidas para controlar el ingreso de clientes.

Los centros comerciales han adoptado medidas para controlar el ingreso de clientes. Foto:

Actividad física al aire libre

Está permitida la actividad física y deportiva al aire libre de manera individual para las personas de entre 18 y 69 años hasta por 2 horas diarias.
Los adultos mayores de 70 años tienen permiso por una hora al día, tres veces a la semana.
Los niños de 2 a 5 años podrán hacerlo media hora al día, tres veces a la semana.
Los niños mayores de 6 años podrán hacer actividad física una hora al día tres veces a la semana.
Los niños y adolescentes deberán estar acompañados de un adulto, quien podrá hacerse cargo máximo de tres menores de edad.
No están permitidas las actividades en grupo ni los gimnasios instalados en parques y módulos de juegos infantiles.

Medidas de bioseguridad son obligatorias

Es obligatorio el uso de tapabocas cubriendo nariz y boca al salir a la calle, independiente de la actividad o labor que se desempeñe.
La no utilización del tapabocas dará lugar a la imposición de sanciones.
Las personas deberán mantener el distanciamiento de 2 metros entre ellas.

Las UCI, bajo control del Crue

Debido al aumento en la ocupación de camas de unidades de cuidados intensivos (UCI), que está al 68,6%, el sistema médico y hospitalario quedó en alerta naranja, es decir, el Centro Regulador de Urgencias y Emergencias (Crue) es el que determina y regula el traslado de pacientes.
Funcionará así: en el momento en el que un sospechoso o positivo por covid-19 ingrese a un centro médico, y el personal de la salud determine que necesita ser ingresado a una UCI, esto ya no se le informará a la EPS, sino al Crue.
Este organismo establecerá, según la cercanía y la disponibilidad, a qué IPS debe ser trasladado. Al paciente se le generará un código QR para el ingreso a la IPS, el cual servirá para generar la factura a la respectiva EPS.
Al lado de la decisión de extremar y ampliar las medidas de aislamiento, la ciudad debe crecer en capacidad de sus UCI.

Al lado de la decisión de extremar y ampliar las medidas de aislamiento, la ciudad debe crecer en capacidad de sus UCI. Foto:Hector Fabio Zamora - EL TIEMPO.

Los pilotos de ventas informales

Se podrán establecer pilotos transitorios en los sectores de San Victorino, 20 de Julio, El Lucero, peatonal de la carrera 7.ª, Bosa Centro, entre otros. En todo caso deben cumplir los siguientes lineamientos:
Deben ejercerse en entre las 12 del mediodía y las 11:59 p. m.
Se debe determinar las cargas máximas por zona de puestos o ventas.
Cumplir la distancia entre puestos, esta no puede ser inferior a 2 metros.
No pueden permitir la manipulación de productos por parte de los clientes antes de la compra.

Horario para el trabajo doméstico

Las trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico podrán laborar desde las 10 a. m.
Este horario no aplica a quienes presten asistencia y cuidado a niños, adolescentes, mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.
La acreditación de los trabajadores del servicio doméstico y de actividades profesionales y técnicas podrá realizarse a través de carta del empleador, registro en la plataforma Bogotá Cuidadora o cualquier otro medio idóneo.
Los empleadores deberán garantizar el suministro de los elementos de bioseguridad y protección.

Horarios para las empresas

Manufactura y construcción en zonas no residenciales, entre las 10 a. m. y las 5 a. m.
La construcción en zonas residenciales pueden realizar actividades entre las
10 a. m. y 8 las p. m.
Comercio al por mayor y detal de bienes no esenciales y servicios con atención al público, entre las 12 m. y las 11:59 p. m.
Actividades profesionales, técnicas y de servicios en general deberán establecer turnos diferenciados. El 80 % de sus actividades deberán realizarse en modalidades de teletrabajo o trabajo en casa.
No tienen restricción el comercio de bienes esenciales, de primera necesidad, servicios de salud y otros.

El transporte público

El pico y placa para taxis sigue vigente de 5:30 a. m. a 9 p. m., de lunes a sábado.
El servicio de taxi se puede tomar en la calle o pedir a través de una aplicación o teléfono. No pueden ir más de dos pasajeros, todos con tapabocas, y deben estar en las sillas de atrás.
Buses de TransMilenio y del SITP no puede superar la capacidad del 35 %.
En las filas para acceder al bus, las personas deben estar a una distancia mínima de 1 metro.
Los pasajeros deben sentarse solo en las sillas habilitadas, conservando el distanciamiento.

Atención en el Distrito

El horario de atención al público en todas las entidades del Distrito con este tipo de servicio debe ser desde las 10 a. m.
Deben adoptar las medidas para evitar aglomeraciones derivadas de su actividad.
strito
GUILLERMO REINOSO RODRÍGUEZ
Editor de Bogotá
@guirei24

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