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Fechas para declarar y pagar el Rete ICA en Bogotá

Tenga en cuenta que se hará según el último dígito del documento de identidad. 

Los saldos a favor puede ser de renta o de venta.

Los saldos a favor puede ser de renta o de venta. Foto: iStock

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Del 8 al 14 de abril hay plazo para declarar y pagar la obligación tributaria  los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que hayan hecho retenciones a título de ICA correspondientes al primer bimestre del año.
Desde este año,  la Secretaría Distrital de Hacienda tiene vencimientos escalonados que van con el último dígito del docmento de identificación.
Así quedaron las fechas de acuerdo al final del documento:
Jueves 8 de abril:  0 y 1.
Viernes 9 de abril:  2 y 3.
Lunes 12 de abril: 4 y 5.
Martes 13 de abril: 6 y 7.
Miércoles 14 de abril: 8 y 9.
A quienes presenten  la declaración después de la fecha límite, se liquidará  la sanción por extemporaneidad y con los intereses moratorios.
El pago se puede hacer de forma física, a través de entidades recaudadoras autorizadas y de forma electrónica, en la oficina virtual de la Secretaría de Hacienda.
Los pagos electrónicos se pueden hacer a través de PSE o con tarjeta de crédito de las entidades bancarias que tengan convenio con la Secretaría de Hacienda.
El siguiente vencimiento de retención en la fuente de ICA, de marzo a abril de 2021, será del 15 al 21 de junio, y el del tercero,  del 17 al 23 de agosto.

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