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Diez puntos claves que debe saber sobre el pago del impuesto predial

Director de Impuestos explica detalles del gravamen en Bogotá. El plazo vence este viernes.

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EDITOR DE BOGOTÁActualizado:

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Este año no ha sido fácil para los bogotanos cumplir con el pago de impuestos, en particular el predial. Las fallas en la nueva plataforma llevaron a la Secretaría Distrital de Hacienda a ampliar los plazos establecidos inicialmente para la declaración y el pago. Pero, además, ante las dificultades para inscribirse y acceder a las facturas –un problema que, según la entidad, ya está superado– se dispuso de una herramienta más ágil para descargar los pdf.
La última decisión fue ampliar en un mes la fecha límite –se pasó del 10 de junio al 8 de julio– para realizar la declaración, en el caso de quienes piensan pagar en cuatro cuotas. Esto para facilitarles a quienes todavía tienen dificultades, entre ellos los propietarios, poseedores y locatarios que aún no logran acceder al recibo.
El director de Impuestos, Orlando Valbuena, quien explica pormenores del gravamen en la ciudad, reporta que ya se han realizado más 1,4 millones de pagos en este impuesto (de 2,6 millones), para un recaudo de 1,6 billones de pesos. Eso es el 40 por ciento de la meta para 2022 y un 37 por ciento más que para el mismo período de 2021.

1. ¿Cuál es el último plazo para pagar el predial con descuento?

Las fechas del impuesto predial en Bogotá han cambiado este año en al menos dos ocasiones. El último vencimiento con descuento del 10 % se fijó para el 24 de junio. Y será en una sola fecha, como se hizo en el pasado, y no de manera escalonada por días, como la Secretaría de Hacienda quiso implementar este año de acuerdo con el Chip del predio.

2. ¿Hasta cuándo se puede pagar sin sanciones ni intereses de mora?

Desde el 25 de junio hasta el 29 de julio se podrá pagar el gravamen, pero ya sin descuento. Quienes lo hagan entre esas fechas (ver gráfico) no tendrán ningún tipo de sanción o cobro de intereses por mora.

3. ¿Se amplió el plazo para acogerse al pago por cuotas?

Los contribuyentes que pagan por cuotas (son 4 iguales y sin cobro de intereses) tenían en principio plazo hasta este viernes 10 de junio para presentar la declaración inicial (también conocido como Spac), pero la Secretaría Distrital de Hacienda corrió la fecha un mes, es decir, el plazo se cumplirá el 8 de julio. No olvide que este es un requisito indispensable para los contribuyentes que quieran diferir la obligación.

4. ¿Cuáles son las fechas de pago por cuotas?

Tenga en cuenta que una vez presentada la declaración de pago por cuotas, la primera cuota se cumplirá el 22 de julio de 2022 y la última el 20 de enero de 2023 (ver gráfico). Los sectores afectados por el covid, como hoteles, restaurantes, bares y gastrobares, también pueden acceder al pago por cuotas y cumplir con esas obligaciones en 2023. La primera cuota será en febrero y la cuarta en agosto del próximo año.

5. ¿Se puede reversar la factura con descuento y generar por cuotas?

Sí. La Secretaría de Hacienda encontró que hubo contribuyentes que en lugar de generar el llamado Spac, que permite el pago por cuotas, terminaron generando la declaración para pago del total con descuento. Estas personas pueden pedir que se les reverse la factura y volver a declarar. En ese caso deben escribirle a la entidad ([email protected] o al WhatsApp de la Secretaría) o pedir la cita en uno de los Supercades. La Dirección de Impuestos de todas formas dice que realiza un barrido para detectar esos casos y enviarles comunicaciones.

6. ¿Es obligatorio inscribirse en la plataforma virtual?

Sí. Aunque por la contingencia a causa de la inestabilidad de la plataforma de pago la Secretaría de Hacienda habilitó una opción rápida (el botón ‘Descarga y/o paga ya predial y vehículos’), todos los contribuyentes, así paguen ahora, deben cumplir con el proceso de inscripción. En ese caso deben poner una dirección de correo electrónico, que será la herramienta mediante la cual la istración de impuestos se comunicará con ellos en adelante. Según la Dirección de Impuestos, un millón de contribuyentes se han inscrito. En la anterior plataforma había solo 420.000.

7. ¿Sigue disponible la opción del botón para descargar la factura?

Sí. Este botón es una opción rápida que continúa disponible en la página web de la Secretaría de Hacienda (www.shd.gov.co) para aquellos contribuyentes que, por alguna razón, no han descargado la factura del predial a través plataforma virtual. Esa herramienta también permite pagar de manera virtual, con tarjetas de crédito o débito, el impuesto en los bancos con convenio con la Secretaría de Hacienda. Esta alternativa no estuvo disponible al principio.

8. ¿Cómo pueden los poseedores de predios generar la factura?

Los inmuebles a cargo de poseedores, que son los que tienen la posesión pero no la titularidad, deben pedir la cita en alguno de los Supercades y aportar un documento que los acredite como tal, como por ejemplo el pago de servicios públicos o del predial del año anterior. Con esa información, la Secretaría de Hacienda los habilita como poseedores para que puedan cumplir con la obligación. Hasta el año pasado pudieron pagar realizando la declaración, ahora ya no es posible esa forma.

9. ¿Qué pasa con los predios con inconsistencias en la información?

La Dirección de Impuestos ha identificado que la información de 10.000 inmuebles en Registro es incompleta o tiene inconsistencias. Sus propietarios deben consultar los listados de la Secretaría Distrital de Hacienda y luego de identificarlos con el Chip llenar un formulario y anexar documentos del contribuyente. La Secretaria revisa esa información y si es correcta, 5 días después la istración de impuestos distrital generará la factura.

10. ¿Cómo se puede pagar el impuesto de un predio adquirido por ‘leasing’?

Los locatarios, es decir, quienes tienen un predio mediante la figura de leasing, aunque no son considerados contribuyentes, pero por efecto del contrato de arrendamiento que tienen están obligados a pagar el impuesto, pueden acceder, a través del botón ‘Descarga y/o paga ya’, al recibo con el Chip del inmueble y el NIT de la entidad financiera, con vigencia al primero de enero de 2022. En la ciudad son 80.000 los predios adquiridos mediante leasing, eso es el 3 por ciento del total.
GUILLERMO REINOSO RODRÍGUEZ
Editor de Bogotá
En Twitter: @guirei24

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