Las firmas pueden aún reponer la medida, pero de no prosperar deberán pagar la sanción al Tesoro Nacional y luego sí recurrir a instancias superiores istrativas, como el CDE.
Lo anterior, por la existencia de un acuerdo en la modalidad de paralelismo consciente, para la fijación de los precios del cemento entre enero del 2010 y diciembre del 2012.
Por su parte, Argos, que tiene cerca del 50 por ciento del mercado, dijo, entre otros, para refutar la decisión de la SIC que la medida no estuvo revestida de las garantías mínimas del debido proceso. “Lamentamos que no haya acogido nuestras explicaciones ni los conceptos de expertos”, agregó.
La firma también dijo que tampoco hubo delaciones ni tensiones con los clientes de la compañía.
Se abstuvieron, de manera coordinada, de competir efectivamente
Igualmente, negó que existiera intercambio de información sensible o comportamientos colaborativos con los competidores del sector. Por ejemplo, dijo que los precios de
Cementos Argos en el periodo investigado crecieron en términos reales un 3 por ciento por encima de la inflación.
Entre tanto,
Holcim (Colombia) dijo que interpondrá los recursos istrativos y acciones judiciales a que tiene derecho, considerando que en
esta primera decisión no hay un solo elemento que permita afirmar y demostrar que ha incurrido en alguna práctica anticompetitiva. Por su lado, Cémex Colombia respondió que “en caso de que se confirme la decisión de imponer sanción, entablará una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción contencioso istrativa, procedimiento que podría tomar un tiempo en resolverse”, agregó.
La SIC detalló que la sanción impuesta a las 3 empresas, que representan el 96 por ciento del mercado colombiano, y la investigación arroja que los precios del cemento gris Portland Tipo 1 tuvieron un acentuado comportamiento paralelo en esos 3 años.
A esto se suma que Argos, Cémex y Holcim no ofrecieron una explicación económicamente razonable sobre la manera como se fijan los precios.
En el reporte también se detalla que las tres cementeras “mantuvieron un ambiente colaborativo, no competitivo, de colegaje o de amiguismo empresarial extraño a un mercado en competencia, que deja en evidencia que se abstuvieron, de manera coordinada, de competir efectivamente, tal y como se advierte en diferentes documentos”.
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