Las posibles fallas en la calidad en la entrega de productos comercializados el Día de la Madre, así como la presunta desprotección a niños, niñas y adolescentes al no implementar medidas suficientes para evitar la adquisición de productos
prohibidos, llevaron a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) a formular pliego de cargos a esta plataforma de domicilios.
El ente de vigilancia y control pudo constatar las denuncias formuladas por los s en contra de Rappi, relacionadas con demoras en la entrega de los productos adquiridos, la comercialización de bebidas alcohólicas a menores de edad, demoras y cancelación de pedidos durante la jornada de celebración del Día de la Madre en Colombia, así como por las posibles fallas de calidad en el servicio denominado “Rappifavor ” y la insuficiencia de la información respecto a las condiciones del mismo.
De confirmarse la violación a las normas señaladas, Rappi podría ser sancionada con una multa equivalente hasta por 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (s.m.l.m.v), esto es, cerca de 1.800 millones de pesos. La SIC advirtió, además, que contra este acto istrativo no procede ningún recurso.
Según la SIC, las posibles violaciones a los derechos de los consumidores están relacionadas con:
● Falta de calidad en la prestación del servicio, con fundamento en el alto número de
quejas recibidas por la RAPPI entre el 1.º de julio y el 10 de diciembre de 2019, así
como del 1.º al 10 de marzo de 2020 y el 10 de mayo de 2020, día en que se celebró
el “Día de la Madre”, y que estaban relacionadas con incumplimientos en los tiempos
de entrega, cancelaciones de los pedidos, entre otras, las que sumaron 61.248
quejas.
● Fallas de calidad en la prestación del servicio, por no actualizar la información en
relación con las modificaciones y variaciones presentadas por la alta demanda de los
productos comercializados el “Día de las Madre”, así como en la prestación del
servicio denominado “Rappifavor ”, por motivos de cancelación del servicio, la no
devolución del dinero cuando el servicio no se prestó, fallas en el cobro e incidentes
con los repartidores por doble cobro (pago electrónico y pago en efectivo), no
entrega o entrega en mal estado y pérdida de los productos.
De confirmarse la violación a las normas señaladas, Rappi podría ser sancionada con una multa cercana a los 1.800 millones de pesos.
● Omisión de leyenda en la publicidad de productos nocivos para la salud, dado que
no se advierte en la publicidad de bebidas alcohólicas, información acerca de su
nocividad ni se informa acerca de las condiciones para su correcto consumo y sus
contraindicaciones.
● Falta de información sobre el tiempo de entrega de los productos, dado que no indica que el suministrado es variable por lo que corresponde a un estimado, creando una expectativa que en algunas oportunidades no obedece a la realidad.
● No implementar las medidas posibles para verificar la edad de los consumidores al
momento de adquirir productos nocivos para la salud, como lo son, bebidas
alcohólicas y productos de tabaco, situación frente a la cual se puede evidenciar una
desprotección a los niños, niñas y adolescentes, por cuanto, pueden llegar a tener
a dichos productos.
Por: Economía y Negocios