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Colombia Mayor: hoy, 24 de abril, arranca pago de subsidio; lo que debe saber
Este lunes comienza el tercer ciclo del año, que beneficiará a 1.6 millones de adultos mayores.
Colombia Mayor es un programa que brinda asistencia económica a los adultos mayores. Foto: Departamento para la Prosperidad Social
Desde este lunes 24 de abril, comienzan los pagos del ciclo de marzo de Colombia Mayor, un programa de asistencia adscrito al Departamento para la Prosperidad Social (DPS). Al menos 1.6 millones de adultos mayores se verán beneficiados.
De acuerdo con la entidad, los participantes a lo largo y ancho del país recibirán alrededor de 80.000 mil pesos. A excepción de los que se encuentran en Bogotá, a quienes se les otorgará un subsidio económico de 130.000. Es decir, 50.000 mil pesos más por cofinanciación de la Alcaldía Distrital.
Aunque hoy inician los pagos, las transferencias solamente estarán disponibles hasta el próximo 8 de mayo. Para reclamarlas solo hace falta acercarse a un punto de SuperGIROS, que este año opera el pago del subsidio en todos los municipios del país.
Es deber de los adultos mayores, una vez reciban el dinero, contarlo delante del cajero, así como solicitar la tirilla de pago y verificar el valor recibido. Recuerde que el DPS anuncia a los beneficiarios el inicio del ciclo de pago a través de mensaje de texto y que para reclamar la transferencia no hace falta comprar ningún producto en el punto de pago.
Mintrabajo anuncia cambios en el subsidio al desempleo. Foto:iStock
Aunque este es, por lo general, el proceso a seguir en el caso de la mayoría de participantes del programa, los adultos mayores de 90 años y con movilidad reducida tienen la posibilidad de recibir el dinero sin necesidad desplazarse a ningún punto físico.
Para recibir el pago a domicilio, deben hacer el trámite previo, adjuntando la historia clínica. Si la solicitud es aceptada, SuperGIROS se ará con el beneficiario para coordinar la entrega en efectivo. “En el ciclo pasado, 8.339 adultos se acogieron a este beneficio”, señala el DPS.
Todo lo que debe saber de Colombia Mayor: requisitos y pagos
Colombia Mayor es un programa del Departamento para la Prosperidad Social que entrega subsidios económicos a aquellos adultos mayores que se encuentran desamparados, no cuentan con una pensión o viven en situación de pobreza extrema.
Para inscribirse a la iniciativa de asistencia, los aspirantes deberán ser colombianos y haber residido durante los últimos diez años en Colombia. A la lista de requisitos se suma carecer de ingresos para subsistir y tener tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez. En el caso de las mujeres, 54 años, y en el de los hombres, 59.
El 14 por ciento de la población colombiana es mayor de 60 años, es decir 7.610.671 personas. Foto:Istock
Las personas que cumplan con los requisitos mencionados anteriormente podrán inscribirse en la Alcaldía de su lugar de residencia. Lo único que deberán llevar será su cédula de ciudadanía en físico y diligenciar la inscripción en el Sistema de Información de Colombia Mayor.
Una vez se verifica la información entregada, se aplican los criterios de priorización, los cuales determinan el orden para asignar cupos. Entre estos criterios se encuentra la edad del aspirante, el puntaje del Sisbén, el estado de vulnerabilidad, la pérdida de subsidio por traslado a otro municipio o la fecha de solicitud de inscripción al programa en el municipio.
El valor de la asistencia económica percibida por los beneficiarios es de 80.000 pesos colombianos, a excepción de aquellos que residen en Bogotá, pues la Alcaldía otorga una cifra adicional (alrededor de 50.000 pesos).
Los pagos se realizan de manera mensual y son anunciados por la entidad a través de mensajes de texto o por los canales oficiales. Después de que se efectúa la transferencia, los beneficiarios deberán esperar, en la mayoría de los casos, alrededor de 10 días hábiles para reclamar en los puntos autorizados.
Por acuerdos logísticos hay municipios que reciben los pagos cada dos meses, por eso se hace necesario consultar el listado dispuesto en la página oficial del DPS y verificar.
Las transferencias se realizan mes a mes, siempre y cuando el adulto mayor no fallezca, se le compruebe falsedad en la información suministrada o perciba una pensión o cualquier otra renta y subsidio a la vejez. La asistencia económica se puede perder, además, cuando al beneficiario se le verifique mendicidad como actividad productiva o cuando no cobre de manera consecutiva los giros.