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Si se gana la lotería en Colombia, ¿cuánto dinero le descuentan en impuestos?
En Colombia, los premios de lotería están sujetos a un impuesto sobre el valor total.
Participar en diferentes juegos de azar, como el chance, la lotería o Baloto, es una práctica popular entre los colombianos, quienes compran sus boletas con la esperanza de ganar el premio mayor que puede llegar a acumular miles de millones de pesos cada semana.
Sin embargo, por ley, los afortunados que logren ganar los premios tienen que pagar impuestos sobre el monto total de pesos colombianos recibidos.
En Colombia hay alrededor de una decena de juegos de azar en los que cada día se sortean miles de millones de pesos.
Entre ellas, destacan la Lotería de Cundinamarca, los lunes; las de Cruz Roja y de Huila, los martes; la de Manizales, los miércoles; la de Bogotá, los jueves; y la de Boyacá, los sábados.
El Estatuto Tributario de Colombia, en su artículo 317, considera al dinero obtenido en estos concursos como una ganancia ocasional, por lo que se le deben pagar impuestos a la Nación al recibirlo.
Esto en cumplimiento con la reforma tributaria en vigencia desde el año 2022, la cual establece que se fijará una tarifa de impuesto del 20 por ciento a lo obtenido en loterías, rifas, apuestas y similares, más el descuento derivado del impuesto financiero conocido como el 4 x 1.000 sobre el valor obtenido.
Las loterías más famosas se juegan en Estados Unidos y Europa Foto:Foto: iStock
De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, las ganancias ocasionales son aquellos ingresos que tiene una persona o empresa por "la venta ocasional o esporádica de un bien que no hace parte del giro ordinario de sus negocios o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional como ganar la lotería o una rifa".
¿Hay otros descuentos en el total del valor?
Conozca los resultados de este jueves. Foto:iStock
El impuesto del 20 % que se descuenta del valor total de un premio de lotería, rifa, chance o Baloto es conocido como la 'retención en la fuente'. Según el Estatuto Tributario, en el artículo 404-1, este se define como una de las obligaciones tributarias que se aplican sobre los pagos o abonos que se dan.
Conforme lo establecido en el artículo 367 del Estatuto Tributario, el mecanismo mencionado tiene el objetivo de conseguir que el impuesto se recaude a través de la empresa que opera el juego de lotería, la cual también es la encargada de realizar el pago del premio sobre el valor que se entrega al ganador.
Sin embargo, hay que destacar que dicha retención solo será efectuada cuando el valor del correspondiente pago o abono en cuenta sea superior a 48 UVT, es decir, a 48 veces el precio del valor de la unidad de valor tributario que fue fijada por la Dian.
Para el 2024, este precio se estableció en $47.065.
Entonces, si recibió un premio menor a $2.259.120 (48 UVT en 2024), no se le descontará el impuesto del 20 % establecido por la Ley.
Es la tercera vez que cae Revancha en Colombia Foto:Baloto Revancha
Otros descuentos aplicados pueden depender de su lugar de residencia y del origen de la empresa con la que ganó el dinero. En la Lotería de Bogotá, por ejemplo, existe otra retención que se aplica obligatoriamente al premio.
En el portal de la entidad se señala que al valor del premio bruto se le aplicará una tasa extra de impuesto de ganadores, el cual equivale al 17 por ciento y se consignará al Fondo Financiero Distrital de Salud.
Este impuesto siempre se paga. De hecho, se explica que a "los premios que se encuentren por debajo de esta base ($2.259.120) no son sujetos de retención en la fuente y en consecuencia solo se aplica el impuesto a ganadores (17%)".
Tenga presente que los premios recibidos en carreras de caballos o canes, en hipódromos o canódromos, no estarán sometidos al impuesto por ganancia ocasional ni a la retención en la fuente, según se determina en el artículo 96 de la reforma tributaria.
Vale mencionar que si es el feliz ganador de algún premio en el Baloto o lotería, tendrá que incluir los montos recibidos, sin importar la cantidad, dentro de la declaración de renta como ganancia ocasional.