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¿Qué pasa con su CDT si usted fallece, quién puede cobrarlo?
Pueden ser una gran opción para ahorrar dinero e invertirlo con miras a obtener ganancias a futuro.
Los recursos conseguidos con CDT sumaron $ 77,5 billones en el 2016. Foto: Archivo / EL TIEMPO
Un Certificado de Depósito a Término (CDT) es el documento que da constancia que su dinero queda a cargo de un banco por un tiempo determinado. Esto con el fin de sacarle provecho a su inversión gracias a la rentabilidad que se produce por las tasas de interés.
Entre mayor sea, más alto será el interés que pagará la entidad financiera. También es importante tener presente que el dinero que se deposite no se necesite por el periodo de la inversión para no tener la necesidad de retirar el dinero antes del plazo establecido.
“La rentabilidad que obtendrás por tu CDT depende de la cantidad de dinero que decidas depositar, del tiempo que ese dinero permanezca en el banco y de las condiciones del mercado en el momento en el que adquieres el CDT”, expresa la página oficial del banco BBVA.
Esto, según los expertos, puede llegar a ser una especie de ‘blindaje’ contra la inflación que ha vendido golpeando de manera acelerada las principales economías del mundo, pues el Banco de la República también comienza a aumentar sus tasas de interés en la medida en que esta dinámica comienza a subir en el país, con el fin de desestimular el consumo de las familias.
Esta tendencia alcista se puede aprovechar para invertir dinero en CDT porque las entidades financieras están pagando intereses por encima del porcentaje de inflación.
Las aplicicaciones bancarias hoy en día agilizan los procesos de manera más eficaz Foto:iStock
¿Quiénes pueden reclamar un CDT?
Hasta el momento los titulares de las cuentas que se sometieron a este tipo de inversión son las únicas que pueden retirar el CDT al tiempo establecido, pero, ¿Qué pasa si el dueño del CDT fallece? ¿El banco se queda con el dinero? ¿Alguien más puede ir a retirarlo?
Pues bien, Como está estipulado en el numeral 7 del artículo 127 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, los cónyuges, compañeros permanentes y/o herederos pueden solicitar la entrega del dinero de un CDT en caso de que el titular haya muerto.
Para tal propósito, los familiares o allegados deben certificar el vínculo que tenían con el titular, así como la muerte del mismo. Si el monto es inferior a los 58 millones de pesos no será necesario un documento de sucesión.
Debe tener en cuenta que si los ahorros no se retiran en el tiempo establecido inicialmente la entidad renueva automáticamente la inversión, por lo que aquellos que quieran reclamar el dinero de la persona fallecida deberán someterse a las fechas de terminación del contrato.