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La verdad sobre personas que por sus apellidos podrían solicitar nacionalidad española

Plazo ya venció. En algunas excepciones podría pedir nacionalidad, en trámites muy complicados. 

Recuerde que también debe tener su pasaporte vigente y su visa de trabajo para poder ejercer en ese país.

Recuerde que también debe tener su pasaporte vigente y su visa de trabajo para poder ejercer en ese país. Foto: Istock

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Si usted está interesado en migrar a otro país, España podría ser una buena opción. Este país año a año se convierte en un atractivo para las personas que quieren buscar un nuevo país de residencia. 
De hecho, en el primer semestre del 2022 migraron a España 5,42 millones de personas, de las cuales la mayoría provenían de Marruecos y Rumanía y, entre países de Latinoamérica, la mayor parte de migrantes provenían de Colombia. 
Además, este país desde el 2015, facilita el proceso para las personas que han querido migrar por la vía legal a España. 
Adicional a esto, en reparación al daño causado a los judíos al expulsarlos del país en 1492, otorgan la nacionalidad con menor dificultad a las personas que demuestren que su apellido es de origen judío. 
Según aseguró el portal Forebeards.io, los apellidos más comunes, como es el Rodríguez, se puede encontrar, especialmente, en Uruguay, Cuba, Panamá y Costa Rica. 
Sin embargo, los colombianos que tengan los siguientes apellidos, que provienen de los descendientes judíos sefardíes, también podrán acceder más fácilmente a la nacionalidad española. El plazo para estas solicitudes ya venció, pero en ciertas excepciones todavía puede pedirla, en trámites demorados y que no garantizan éxito.
Otro país que mantiene la oportunidad de obtener la nacionalidad es Portugal. No obstante, endureció las reglas a los descendientes de judíos sefardíes para exigirles que demuestren un vínculo real y concreto con el país, por ejemplo, con visitas a esa nación a lo largo de su vida o con la herencia de un inmueble.
Madrid, España.

Madrid, España. Foto:iStock / Camilo Peña

Estos son los apellidos que podrán solicitar la nacionalidad española

A: Abraham, Acevedo, Acosta, Aguado, Aguiar, Aguilar, Alarcón, Alba, Aldana, Alcalá, Alegre, Alfonso, Alfaro, Almeida, Alonso, Álvarez, Amigo, Amado, Amaya, Aranda.
B: Baltasar, Báez, Barral, Barrios, Beato, Benavente, Benítez, Bernal, Bravo, Bueno, Bermejo.
C: Cabrera, Calvo, Camacho, Campo, Cantos, Carrasco, Carrillo, Carvajal, Castellanos.
D: Delgado, Diego, Díez, Díaz, Duque, Domínguez, Durán, Dorado, Duarte.
E: Enrique, Enríquez, Espejo, Esperanza, Espinosa, Escudero, Esteban.
F: Fajardo, Fernández, Ferrer, Ferrero, Figueroa, Flores, Fuentes, Fuertes.
G: Gálvez, García, Gato, Garzón, Gil, Gimeno, Giménez, Gómez, Granado, González, Gutiérrez.
H: Haro, Henríquez, Hernández, Heredia, Holgado, Herrera, Huerta, Hurtado.
I: Ibáñez, Israel, Izquierdo.
J: Jaén, Jiménez, Jimeno, Jorge, Juárez, Julián.
L: Lázaro, Leal, Lara, Larios, Leiva, León, Lima, Linares, Lobato, Lobo, López, Lorca, Lorenzo.
M: Madrid, Madrigal, Macías, Machado, Manuel, Márquez, Marchena, Marcos, Martínez, Marín.
N: Nájera, Navarro, Navas, Nieto, Núñez.
O: Ocampo, Ochoa, Olivos, Olmos, Oliva, Ordóñez, Olivares, Orellana, Ortega, Ortiz.
P: Pacheco, Padilla, Palma, Palomino, Pardo, Paredes, Pareja, Parra, Paz, Pascual, Pedraza, Peña, Pérez.
Q: Quirós, Quemada.
R: Ramírez, Ramos, Real, Rey, Reina, Ribera, Ricardo, Rivero, Robles, Roca, Rivas, Rodríguez, Ruiz.
S: Salgado, Salinas, Salas, Salazar, Salcedo, Salvador, Sánchez, Sancho, Serra, Serrano, Sierra, Silva.
T: Talavera, Toledo, Torre, Torres, Trigo.
U: Úbeda, Uría, Urrutia.
V: Valero, Valle, Vara, Varela, Vargas, Vázquez, Vega, Velázquez, Vera, Vergara, Villanueva, Vidal.
Z: Zalazar, Zaragoza, Zúñiga.
Usted solo necesitará una visa si pretende estar en España por un periodo superior a 90 días.

Usted solo necesitará una visa si pretende estar en España por un periodo superior a 90 días. Foto:Istock

¿Todavía puede hacerlo?

El Ministerio de Asuntos Exteriores español explicó que el plazo para la presentación de solicitudes de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España finalizó el 1 de octubre de 2019.
No obstante, la Circular de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 9 de septiembre de 2019 ha ampliado dicho plazo en determinados casos. "A partir del lunes 8 de agosto de 2022, deberá seguir el nuevo procedimiento", dice el organismo. 
Entre las obligaciones para obtener la nacionalidad, la circular del gobierno español manifiesta que "en cuanto a las circunstancias excepcionales que se exigen para adquirir la nacionalidad española por carta de naturaleza, se entiende que tales circunstancias concurren en los sefardíes originarios de España que prueben dicha condición y una especial vinculación con España, aun cuando no tengan residencia legal en nuestro país".
Y añadió: "Para la acreditación del origen sefardí de solicitante tiene especial valor probatorio, aunque no exclusivo, el certificado expedido por el Presidente de la Comisión Permanente de la Federación de Comunidades Judías de España. Asimismo, la acreditación de la especial vinculación con España exigirá la superación de dos pruebas, DELE y CCSE diseñadas y istradas por el Instituto Cervantes".
Sobra decir que el trámite es difícil, con el agravante de que el primer plazo ya fue cerrado hace unos años, y todavía hay muchas solicitudes acumuladas. Solo en casos muy puntuales podría intentar obtenerla. Además, le píden requisitos como la comprobación de descendencia.

¿Existen otras alternativas?

Por medio de un comunicado que sacó Pro Corp, expertos en asesoría legal, que desmiente la difusión de la ley, que venció en 2019, como vigente, indicó que  existe otra alternativa para los descendientes sefardíes que deseen tener la nacionalidad española, 
Esta se denomina la Carta de Naturaleza que "es un documento emitido por una autoridad competente de un país que otorga la nacionalidad a una persona extranjera de manera discrecional y excepcional, es decir, a potestad del Gobierno, por motivos especiales o excepcionales, como méritos o servicios destacados hacia el país", señaló Pro Corp. 
Para quienes quieran sacar esta carta deberán realizar una solicitud en la que sustenten las pruebas que demuestren que, efectivamente, es un descendiente para obtener la nacionalidad.
"Según los últimos datos estadísticos del Ministerio de Justicia, durante el año 2023, se ha otorgado solamente una nacionalidad española por Carta de Naturaleza y de un total de solicitudes de nacionalidad por esta vía entre 2007 y 2023, sólo se han concedido aproximadamente el 10% de las solicitudes (965 de un total de 9.113", informó el comunicado. 

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