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Gobierno propone nuevas medidas de trabajo en el sector agropecuario

El borrador de la reforma laboral incluye un capítulo dedicado al área rural. Le contamos.

El sector agropecuario es un subsector que se integra dentro del sector primario.

El sector agropecuario es un subsector que se integra dentro del sector primario. Foto: iStock

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El proyecto de reforma laboral que dio a conocer el Ministerio de Trabajo, en cabeza de Gloria Inés Inés Ramírez, contempla aspectos como la estabilidad laboral, la terminación del contrato de trabajo, los contratistas, las empresas de servicios temporales y, entre otras cosas, la jornada de trabajo. Sin embargo, también tiene un capítulo dedicado al trabajo agropecuario, sobre el que también se habla en el Plan Nacional de Desarollo.
Con el objetivo de remunerar los contratos agropecuarios -cuando el trabajador o trabajadora labora en la ejecución de tareas propias de la actividad agropecuaria-, la entidad ha propuesto la creación del jornal agropecuario.
Esta modalidad permitiría que el trabajador acordase con el empleador el pago del salario y, en general, la totalidad de sus derechos. En la jornada rural deberá ser compensado el trabajo diario ordinario, pero también las compensaciones sociales como primas, auxilios y subsidios. Aquí no se encuentra cobijado el trabajo suplementario.
Hay contrato de trabajo agropecuario cuando el trabajador o trabajadora realiza tareas propias de la actividad agropecuaria.

Hay contrato de trabajo agropecuario cuando el trabajador o trabajadora realiza tareas propias de la actividad agropecuaria. Foto:iStock

En el caso de las vacaciones, los empleados podrán disfrutarlas, siempre y cuando sea bajo los términos del Capítulo IV del Título VII del Código Sustantivo del Trabajo (CST). Si se presenta despido sin justa causa, los trabajadores tendrán derecho a acceder a su liquidación, conforme a lo establecido en el CST.
La reforma laboral es explícita al señalar que el jornal diario agropecuario no podrá ser menor al mínimo diario legal vigente o “al pactado en convención colectiva sectorial más el factor prestacional que no podrá ser inferior al treinta por ciento de dicha cuantía, valor al que además deberán adicionar el 4 por ciento por concepto de subsidio familiar, el cual será pagado directamente al trabajador o trabajadora”.
La afiliación y cotización se seguridad social de los trabajadores agropecuarios, por su parte, deberá hacerse en calidad de dependiente en la modalidad de tiempo parcial. En la modalidad de jornal agropecuario, las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social Integral no incluye el factor prestacional (30 por ciento) ni el subsidio familiar (4 por ciento).
Dentro de la actividad agropecuaria se incluye la obtención de productos primarios a través de la realización de tareas pecuarias, agrícolas, forestales, hortícolas, acuícolas, apícolas u otras semejantes que se desarrollen en ámbitos rurales. El parágrafo 2 excluye las actividades de empaque, transporte, exposición o venta.
"En ningún caso el jornal diario agropecuario será inferior al salario mínimo diario legal vigente", establece la reforma.

"En ningún caso el jornal diario agropecuario será inferior al salario mínimo diario legal vigente", establece la reforma. Foto:iStock

Se entiende por empleador a aquel que contrata personas naturales para el desarrollo de actividades agropecuarias. En esa línea, el contrato no aplica para las empresas agroindustriales que, por el contrario, tendrán que cumplir las disposiciones generales de la reforma.
“Si las actividades realizadas para este contrato se mantienen por más de 27 semanas continuas para el mismo empleador, se entenderá estipulado con este a tiempo indefinido, en los términos de este Código”, puntualiza la entidad pública.

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