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Noticia
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¿Por qué algunas personas están teniendo sorpresas a la hora de hacer su declaración de renta?
Si los cambios de la reforma tributaria ya se sabían con antelación, ¿qué es lo que ha podido aumentar el valor a pagar de algunos contribuyentes?
A pesar de que los cambios de la última reforma tributaria en materia de renta a las personas naturales se conocen desde diciembre del 2022, algunos contribuyentes dicen estar sorprendidos por el valor del impuesto que tendrán que pagar este año.
Según un informe del centro de estudios económicos Anif, esto puede haber estado relacionado con el valor de sus retenciones en la fuente, que en algunos casos podría haber sido inferior a lo deseable y ahora tendrían que pagar un mayor valor.
Declarar renta no significa pagar. Foto:EL TIEMPO
“La sorpresa en el saldo a pagar del impuesto de renta podría llegar tener implicaciones macroeconómicas. Por un lado, podría llevar a algunos asalariados a endeudarse o liquidar activos (como CDTs o retiro de pensiones voluntarias, entre otros) para poder cumplir con su obligación tributaria. Por el otro, podría derivar en menores niveles de consumo de bienes y servicios que son de primera necesidad”, manifestó el centro que lidera José Ignacio López.
La última reforma tributaria, la Ley 2277 de 2022, estableció una serie de cambios a las exenciones y deducciones permitidas que derivaron en el aumento del impuesto de renta de las personas naturales de ingresos altos, en especial, las que ganan igual o más de 13 salarios mínimos.
El cambio más importante fue que el límite de las rentas exentas y deducciones permaneció en un 40 por ciento de la renta líquida, pero el techo que una persona se puede quitar se redujo de 5.040 UVT anuales (213,7 millones de pesos) a 1.340 UVT (56,8 millones de pesos).
Hay que recordar que entre lo que se puede deducir una persona para disminuir la base del impuesto está la medicina prepagada o los pagos efectuados por intereses de créditos para vivienda. Igualmente, cuando el trabajador tiene hijos o personas a cargo que reúnan ciertas condiciones, las cuentas de ahorro para el fomento a la construcción (AFC) o los aportes voluntarios que haga el trabajador a los fondos de pensiones, entre otros.
Ángela González, associate partner People Advisory Services de EY Colombia, dice este cambio que podría impactar a las personas que ingresan al mes alrededor de 11 millones de pesos en adelante. “La tributación para determinadas personas aumentará, en ciertos casos de manera muy importante. Sin embargo, el impacto en el impuesto será diferente dependiendo del nivel de ingresos y de los alivios por los que aplique”, opinó la experta.
Otra de las modificaciones importantes que introdujo la reforma fue que ahora los trabajadores pueden deducir, por encima del límite del 40 por ciento, 72 UVT anuales (3 millones de pesos) por cada dependiente hasta un máximo de cuatro.
Igualmente, incluyó la posibilidad de deducir el uno por ciento del valor de las compras realizadas a través de la factura electrónica hasta un máximo de 240 UVT anuales (10,1 millones de pesos).
Si presenta las facturas electrónicas de sus compras puede acceder a descuentos. Foto:iStock
¿Por qué hay sorpresas?
Según el centro de estudios económicos, la sorpresa se podría explicar por la retención en la fuente, es decir, la herramienta que utiliza la Dian para quitarle de manera anticipada mes a mes un porcentaje de los ingresos a los trabajadores con cierto rango salarial y que se va sumando al pago anual del impuesto sobre la renta.
Para el 2024, esta retención se está aplicando a las personas que ganan más de 6’5 millones de pesos y puede resultar útil en la medida en que permite al contribuyente pagar gradualmente el impuesto, de modo que al momento de la declaración su saldo a pagar pueda llegar a ser bajo o nulo.
Anif explica que para definir la retención en la fuente sobre los salarios se requieren dos cálculos: la renta líquida gravable del mes y el porcentaje de retención aplicable a dicha renta, para lo cual hay dos procedimientos que las empresas tienen la libertad de elegir.
El primero consiste en aplicar mes a mes el porcentaje que aparece en una tabla de tarifas del Estatuto Tributario en función de la renta de cada persona y el segundo en poner una tarifa fija por semestre, calculada dos veces al año: en diciembre (aplicable al primer semestre del año siguiente) y en junio (al segundo semestre del año).
Por ejemplo, en diciembre del 2022 se determinó el porcentaje de retención para el semestre entre enero-junio del 2023 a partir de la renta líquida gravable obtenida del promedio de los ingresos devengados entre diciembre de 2021 y noviembre de 2022.
La retención en la fuente podría haber afectado. Foto:EL TIEMPO
Lo que dice Anif es que como el segundo método toma como referencia una renta líquida gravable calculada a partir de ingresos laborales inferiores a los del año en curso (bajo el supuesto de que los salarios aumentan anualmente) deriva en retenciones inferiores a las óptimas. De esta manera, la renta líquida gravable resultante puede ser menor y, en consecuencia, también el porcentaje de retención.
“Es posible que debido a los tiempos de la reforma y del cálculo del porcentaje de retención a algunos asalariados se les haya retenido menos de lo que habría sido óptimo considerando los cambios implementados por la tributaria de 2022. Esto podría explicar por qué, pese a que era claro que muchos tendrían que pagar un impuesto de renta mayor, se han sorprendido con el marcado incremento del saldo a pagar”, explica el informe.