En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí

CLUB VIVAMOS
Suscríbete
Disfruta de los beneficios de El Tiempo
SUSCRÍBETE CLUB VIVAMOS

¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo [email protected] no ha sido verificado. Verificar Correo

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión

Hola, bienvenido

¿Cual es la ciudad colombiana clasificada como la más peligrosa del mundo?
¿Cómo va el juicio al expresidente Álvaro Uribe?
¿Accidente de bus en Calarcá?
Frío inusual en Bogotá explicado por el Ideam

Tributaria: el Congreso aprobó conciliación y así quedan rebajas a morosos

Se definieron descuentos para el pago de impuestos atrasados por pandemia y de multas de tránsito.

Foto de referencia.

Foto de referencia. Foto: iStock

Alt thumbnail

Actualizado:

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon
Las comisiones de conciliación del proyecto de reforma tributaria, conocido como Ley de Inversión Social, aprobaron este jueves los artículos que habían quedado por definir del articulado de esta iniciativa que, en tiempo récord, se convirtió en ley de la República y que pasa a la promulgación por parte del presidente Iván Duque.
Entre los temas aprobados se destaca que se acogió el texto aprobado en el Senado relacionado con la reducción, por una única vez, de un porcentaje las deudas que tienen acumuladas miles de ciudadanos por infracciones de tránsito -excepto si la multa fue impuesta por conducir en estado de ebriedad o bajo el efecto de sustancias psicoativas-, al tiempo que se aprobaron concesiones para quienes tengan pendientes pagos de impuestos ante la Dian y ante las secretarías de hacienda de las ciudades y municipios.
Con respecto a las multas de tránsito atrasadas, el texto que ya quedó incorporado en un artículo transitorio de la nueva ley señala que los deudores de multas por infracciones a las normas de tránsito que se hayan hecho exigibles antes del 30 de junio de 2021 tendrán derecho a unos descuentos, que son más grandes si se paga más rápido.
Así, dentro de los cuatro primeros meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, éstos deudores pagarán solo el 50 por ciento del capital, sin intereses de mora, condición que aplicará también para los paguen entre los cuatro y los ocho meses siguientes a la puesta en marcha de la norma.
El artículo aprobado señal que “la condición especial de pago establecida en el presente artículo, no se aplicará para el pago de multas por infracciones a las normas de tránsito impuestas a conductores bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas; y cuyas sanciones penales y istrativas están establecidas en la Ley 1696 de 2013”.

Rebajas de impuestos atrasados por pandemia

Entre tanto, para las obligaciones istradas por la Dian y para los impuestos, tasas y contribuciones del orden territorial, que se paguen hasta el 31 de diciembre de 2021, y para los acuerdos de pago sobre las obligaciones que presenten mora en los pagos mora al 30 de junio de 2021, y cuyo Incumplimiento se haya generado o agravado como consecuencia de la pandemia las sanciones y la tasa de interés moratoria se reducirán y liquidarán así:
1. Las sanciones, incluyendo aquellas que se liquiden en actos istrativos independientes, y sus actualizaciones se reducirán al 20 por ciento del monto previsto en la legislación aduanera, cambiaria o tributaria.
2.  La tasa de interés moratoria no se aplicará de forma plena, sino que será liquidada diariamente a una tasa de interés diario que sea equivalente al 20 por ciento de la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Pero si hay incumplimiento en estos acuerdos de pago, las resoluciones mediante las cuales se otorgó la facilidad de pago, prestarán mérito ejecutivo, es decir que irán a cobro jurídico, sin que se requiera de liquidación oficial u otro acto, y procederá el procedimiento de cobro coactivo respectivo por la suma total de la obligación más el ciento por ciento (100%) de las sanciones e intereses sobre los cuales versa dicha facilidad de pago.
Este beneficio también aplicará para las obligaciones parafiscales de determinación y sancionatorias que se encuentren en proceso de cobro adelantado por la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales -UGPP-, pero esto no aplica a los aportes e intereses del Sistema General de Pensiones.

Artículos polémicos y las ayudas al transporte masivo

Sobre la polémica por la proposición del Centro Democrático, que establece que los recursos de obras por impuestos, mecanismo que permite a empresas y particulares pagar hasta el 60 por ciento de sus impuestos en obras directas para las comunidades de los municipios de programas de desarrollo con enfoque territorial (Pdet), se amplíen a otros territorios, donde haya proyectos estratégicos para la Nación, el texto fue aprobado pero se hicieron precisiones.
“Lo anterior solo procederá respecto de aquellos proyectos que cuenten con la aprobación previa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo cual se tendrá en cuenta la certificación del cupo máximo aprobado por el Confis (Consejo Nacional de Política Fiscal) y para lo cual el Ministerio deberá aprobar un porcentaje mínimo de ese cupo para las obras que se realizarán en los territorios definidos”, señala el artículo respectivo.
Entre tanto, para el otro artículo que le reduce recursos a la paz, al destinar el impuesto al carbono totalmente a propósitos ambientales a nivel nacional, el texto aprobado establece que esta destinación específica será solamente durante un año, de la totalidad del gravamen, pero se estableció que se priorizarán los proyectos que se pretendan implementar en los municipios Pdet, grupos étnicos tales como los pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras y el pueblo Rrom, así como otras áreas y ecosistemas estratégicos.
Y en relación con los temas de paz, otro artículo nuevo señala que el Ocad Paz podrá aprobar proyectos de inversión hasta por el 100% de las apropiaciones presupuestales de ingresos corrientes del bienio 2021-2022, asignados mediante la Ley 2072 de 2020, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 154 de la Ley 2056 de 2020, es decir, la que modificó el año pasado el Sistema General de Regalías.
Y para el apoyo a los sistemas de transporte masivo, el texto acogido fue el del Senado, con lo cual se descartó la propuesta de la Cámara que señalaba que el apoyo máximo a cofinanciar del déficit financiero originado por la pandemia, por parte de la Nación y equivalente al 50 por ciento de este, no podía ser inferior a un billón de pesos.
Así la norma no fijó un monto mínimo que deberá dar la Nación durante 2021 para este propósito, y para ello el ente gestor de cada sistema deberá certificar el valor, aunque el porcentaje podrá ser superior según la programación del Marco de Gasto de Mediano Plazo y el cumplimiento de las metas del Marco Fiscal de Mediano Plazo.
Además, para el impulso de proyectos de infraestructura de importancia estratégica, la reforma estableció que la istración de Bogotá (el Distrito Capital) podrá autorizar vigencias futuras de sus presupuestos futuros para convenios de cofinanciación con la Nación para proyectos de infraestructura relacionados con el sistema de transporte masivo de que trata la Ley 310 de 1996, hasta por el plazo del compromiso de financiamiento.

Sigue toda la información de Economía en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon

Conforme a los criterios de

Logo Trust Project
Saber más
Sugerencias
Alt thumbnail

BOLETINES EL TIEMPO

Regístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa.

Alt thumbnail

EL TIEMPO GOOGLE NEWS

Síguenos en GOOGLE NEWS. Mantente siempre actualizado con las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en Google News.

Alt thumbnail

EL TIEMPO WHATSAPP

Únete al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al día con las noticias más relevantes al momento.

Alt thumbnail

EL TIEMPO APP

Mantente informado con la app de EL TIEMPO. Recibe las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en tu dispositivo.

Alt thumbnail

SUSCRÍBETE AL DIGITAL

Información confiable para ti. Suscríbete a EL TIEMPO y consulta de forma ilimitada nuestros contenidos periodísticos.

Mis portales