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Acuerdo de Escazú: Esto fue lo que dijeron los expertos a la Corte para que considerara salvar el tratado

El alto tribunal consideró que tanto la fase previa gubernamental, como el proceso legislativo de aprobación del Acuerdo satisfacen los requisitos de ley. 

Manifestación en el Congreso a favor del acuerdo de Escazú este lunes previo a su votación.

Manifestación en el Congreso a favor del acuerdo de Escazú este lunes previo a su votación. Foto: Sergio Acero Yate. EL TIEMPO

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En la noche de este miércoles 28 de agosto, la Corte Constitucional anunció que la Sala Plena tomó la decisión de avalar el Acuerdo de Escazú, toda vez que el texto se ajustaba la carta política.
Escazú es un tratado internacional, impulsado por América Latina y el Caribe, que incluye mandatos para proteger a los líderes ambientales, promover la justicia ambiental y la prevención de los conflictos sobre esa materia.
"La Sala Plena verificó el cumplimiento de los requisitos formales de validez de una Ley que aprueba un tratado internacional, y concluyó que tanto la fase previa gubernamental, como el proceso legislativo de aprobación del Acuerdo satisfacen los requisitos previstos en la Constitución y la Ley para el efecto", señaló la Corte en un comunicado.
La ponencia fue presentada por el magistrado Jorge Ibáñez, quien a lo largo de varios meses estudió si el texto del tratado era “un riesgo para la seguridad y estabilidad jurídica de la inversión extranjera en el país”. 
Vladimir Fernández, Diana Fajardo, Antonio José Lizarazo, Natalia Ángel, José Fernando Reyes, Paola Meneses, Cristina Pardo, Jorge Ibáñez y Juan Carlos Cortés, magistrados de la Corte Constitucional

Vladimir Fernández, Diana Fajardo, Antonio José Lizarazo, Natalia Ángel, José Fernando Reyes, Paola Meneses, Cristina Pardo, Jorge Ibáñez y Juan Carlos Cortés, magistrados de la Corte Constitucional Foto:Corte Constitucional

Durante una audiencia pública, celebrada en abril de este año, dentro del expediente correspondiente al control de constitucionalidad del Acuerdo Escazú, la ministra de Ambiente, Susana Muhamad, en su intervención señaló que el acuerdo “mejorará las condiciones de seguridad de empresas, de inversión extranjera y la soberanía nacional”.
La funcionaria puso de presente que la propia Corte Constitucional ha permitido una jurisprudencia garantista de la participación en las decisiones ambientales de la ciudadanía y de todos los sectores.
“De la jurisprudencia a la práctica tenemos muchas falencias, tanto en el sector empresarial, como en el Estado. Para mi la implementación del Acuerdo de Escazú pone una carga en el Estado para generar las garantías de esa participación. Sí ratificamos Escazú lo que viene es un proceso de reglamentación de procedimientos, de llenar vacíos. Entre la jurisprudencia y la práctica hay un gran abismo”, dijo la ministra.
Susana Muhamad en Guainía

Susana Muhamad.  Foto:Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

En su momento, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) indicó el Acuerdo era un tratado que regula derechos procedimentales, que fue negociado con minuciosidad y cautela por 24 Estados, entre ellos Colombia y acordado por consenso.
“Los 16 países que ya ratificaron el tratado han comenzado su implementación y están ya beneficiándose de ello. Con la exequibilidad de la Honorable Corte Constitucional, Colombia puede continuar liderando estos esfuerzos y seguir fortaleciendo su Estado de Derecho, la separación de poderes, la democracia ambiental y avanzar hacia su legítimo desarrollo, fundado en el pleno respeto a los derechos humanos y en el derecho de cada persona a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible”, dijo la Cepal.
Por su parte la Anla señaló que las disposiciones del Acuerdo de Escazú no ponían en riesgo la seguridad jurídica en Colombia porque las situaciones jurídicas consolidadas en decisiones ambientales de las autoridades de la República de Colombia, como es el caso de la licencia ambiental, desde su creación en la década de los 90’s, “son decisiones provisionales que siempre han podido ser revisadas o ajustadas como instrumentos dinámicos según la jurisprudencia de la Corte Constitucional”.
Mientras que la representante Carolina Giraldo Botero en su intervención expuso que con el Acuerdo de Escazú y si se tiene la información disponible, completa y a tiempo “se van a evitar conflictos socio ambientales, además no se va a restringir la libertad de empresa”.
Desde la oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos en Colombia, saludaron la decisión de la Corte Constitucional de declarar constitucional el Acuerdo de Escazú. “El Acuerdo de Escazú garantiza la protección de las personas defensoras del ambiente”, dijo el organismo.
Dentro de su análisis, la Sala Plena consideró que la norma se enfoca en lograr la implementación plena y efectiva de los derechos de en asuntos ambientales y busca establecer un entorno seguro para las personas defensoras del medio ambiente.
“Estos propósitos son cuestiones que importan a toda la ciudadanía colombiana”, dijo la Corte y aclaró que esta Ley no estaba sujeto a la reserva de ley estatutaria.
Los argumentos de la Corte para salvar el tratado es que este se ajusta a la Constitución Política, toda vez que su implementación plena y efectiva de los derechos de en asuntos ambientales “es presupuesto esencial para garantizar la participación ciudadana y por lo mismo, guarda correspondencia con lo previsto en los artículos 1, 2, 40, 79 y 95 de la Constitución Política”.
JESÚS BLANQUICET
Redacción Justicia
En X: @JusticiaET

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