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Así avanza en la Corte Constitucional el estudio de la conmoción interior en el Catatumbo

Antes del 5 de mayo se conocerá si la Corte avala o tumba la declaratoria de la conmoción interior.

Corte Constitucional
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La Corte Constitucional anunció que antes del 5 de mayo el país conocerá si se salva o se cae el decreto legislativo con el que el presidente de la República, Gustavo Petro, declaró el estado de conmoción interior para la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y dos municipios del Cesar, por un término de 90 días. 
La vicepresidenta de la Corte, Paola Meneses, deberá radicar su proyecto de fallo a más tardar el viernes 28 de marzo, en el marco del control automático que ejerce el tribunal constitucional sobre los estados de excepción declarados por el gobierno. Estos términos comenzaron a contar a partir de la presentación de un concepto del procurador General Gregorio Eljach que le pidió a la Corte salvar el decreto madre con el que el presidente declaró la conmoción en dicha región de Norte de Santander. 
Para Eljach, la decisión presidencial se ajustó a la Ley pues considera que la sangrienta confrontación que protagonizaron desde el 16 de enero el Eln y el frente 33 de las disidencias de las Farc en el Catatumbo, que ya ha dejado 85 muertos; que ha provocado más de 85 mil desplazamientos, 12 veces más que los registrados desde el año 2022 y hasta el 2024, que correspondieron a 4.677. En suma, para Eljach, desde mediados de enero se presenta una grave alteración del orden público que debe ser conjurada mediante mecanismos extraordinarios. 
Gregorio Eljach, procurador.

Gregorio Eljach, procurador. Foto:Procuraduría

"Es claro que el Catatumbo presenta un problema de violencia estructural y generalizada que no está llamado a resolverse con la declaratoria de la conmoción interior, sin embargo las alarmantes cifras de grave violaciones a los derechos humanos y graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario, desde mitad de enero, dan cuenta de la gravedad de la situación que tiene que ser solventada por el gobierno nacional con medidas excepcionales", expresó el procurador, quien también cita que el Estado ha incumplido sus compromisos relacionados con el Acuerdo de Paz de 2016 para la región del Catatumbo.
Eljach se unió al concepto que envió la defensora del Pueblo Iris Marín, quien a pesar de destacar que algunas medidas de la conmoción interior "generan serias dudas" coincide en que la crisis desatada el pasado enero ha puesto en riesgo la estabilidad institucional, la seguridad de la población y la convivencia ciudadana.
"A partir del 16 de enero de 2025, se desató una crisis humanitaria de una magnitud de la que no se tienen precedentes en la historia reciente y que ha tenido afectaciones desproporcionadas en la población civil y especialmente en las poblaciones que gozan de especial protección constitucional", expresó la defensora. 
Los conceptos de los líderes del Ministerio Público riñen con numerosas peticiones, entre ellas las de los expresidentes de la Corte Constitucional Alejandro Linares y Manuel José Cepeda, que piden tumbar el decreto legislativo 062 de 2025.
La defensora del Pueblo, Iris Marín.

La defensora del Pueblo, Iris Marín. Foto:@DefensoriaCol

Corte ya asumió la revisión de los decretos sobre la conmoción interior

Alterno a la ponencia que deberá registrar la magistrada Paola Meneses, la Sala Plena de la Corte también deberá resolver la constitucionalidad de cada uno de los 22 decretos que el gobierno expidió en el marco de la conmoción interior en el Catatumbo.
La Corte ya asumió el estudio de los primeros 21 decretos, ordenando pruebas, y quedando por repartir lo concerniente al decreto legislativo 0323 del 20 de marzo por el cual se autoriza a la entrega de ayudas humanitarias monetarias para los adultos mayores de hasta 230 mil pesos.
Los nueve magistrados de la Corte llegaron a un acuerdo y será el de esperar el resultado del debate de constitucionalidad sobre el decreto madre. Si tumban el decreto principal, se caen por consecuencia las demás disposiciones. Si no lo tumban, la Sala Plena debe decidir uno a uno cada proceso.
ANA MARÍA CUESTA
Editora de justicia [email protected]

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