En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información
aquí
Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión
¡Hola! Parece que has alcanzado tu límite diario de 3 búsquedas en nuestro chat bot como registrado.
¿Quieres seguir disfrutando de este y otros beneficios exclusivos?
Adquiere el plan de suscripción que se adapte a tus preferencias y accede a ¡contenido ilimitado! No te
pierdas la oportunidad de disfrutar todas las funcionalidades que ofrecemos. 🌟
¡Hola! Haz excedido el máximo de peticiones mensuales.
Para más información continua navegando en eltiempo.com
Error 505
Estamos resolviendo el problema, inténtalo nuevamente más tarde.
Procesando tu pregunta... ¡Un momento, por favor!
¿Sabías que registrándote en nuestro portal podrás acceder al chatbot de El Tiempo y obtener información
precisa en tus búsquedas?
Con el envío de tus consultas, aceptas los Términos y Condiciones del Chat disponibles en la parte superior. Recuerda que las respuestas generadas pueden presentar inexactitudes o bloqueos, de acuerdo con las políticas de filtros de contenido o el estado del modelo. Este Chat tiene finalidades únicamente informativas.
De acuerdo con las políticas de la IA que usa EL TIEMPO, no es posible responder a las preguntas relacionadas con los siguientes temas: odio, sexual, violencia y autolesiones
Exclusivo suscriptores
Las multas por irrespetar a policías serán examinadas por la Corte Constitucional
Demanda dice que el Código de Policía permite entender cualquier expresión como irrespeto.
¿En qué momento expresarse frente a un policía puede entrar a considerarse un irrespeto a la autoridad? ¿Se trata de solo de insultos o se incluyen otras expresiones?
Esas son algunas de las preguntas que la Corte Constitucional podría resolver ya que itió para su estudio una demanda en contra de un artículo del Código de Policía que sanciona con multa ese irrespeto al estimar que es muy amplia y no precisa de qué comportamientos se trata.
Se “deja a libre albedrio a los agentes de policía para considerar ‘infracciones’ simples situaciones donde los ciudadanos expresan libremente su opinión”.
La demanda la presentó Daniel David Martínez quien indicó que la descripción de la falta, calificada como un comportamiento que afecta la relación entre personas y las autoridades, tiene una redacción que permite que “cualquier expresión pueda llegar a ser entendida por ‘irrespeto a la autoridad’”.
“Al no tener tipificada de manera expresa y escrita los alcances de este numeral se puede llegar a comprender erróneamente que las limitaciones a este derecho son absolutas y que por ende este artículo transgrede más de lo debido la libertad de expresión”, insiste el recurso.
La demanda, además, señala que no tener expresamente señalado qué conductas pueden llegar a ser consideradas como irrespetuosas, “deja a libre albedrío a los agentes de policía para considerar ‘infracciones’ simples situaciones donde los ciudadanos expresan libremente su opinión”.
“El Estado no puede limitar el derecho a la libertad de expresión […] con la creación de artículos genéricos y con poca descripción, donde se genera un vacío que termina siendo usado a su arbitrio por los agentes de policía para justificar la imposición de comparendo a ciudadanos que simplemente expresan su opinión”, agrega el recurso.
En ese sentido, la demanda dice que de esta forma se está limitando la libertad de las personas “de manifestar lo que sienten, y en todo lugar manifestar cuando no se sientan cómodos con un procedimiento policial sin temor a ser juzgados por expresarse, y sin temor en este caso a ser multados o que se les interponga comparendo”.
La demanda fue itida por el despacho de la magistrada Natalia Ángel Cabo quien solicitó concepto al respecto al Presidente de la República, al Ministerio de Defensa y a la Policía Nacional para que intervengan en el proceso, así como a la Defensoría del Pueblo, a la Comisión Colombiana de Juristas, a la Corporación Justicia y Democracia, a la organización Mutantes, a la organización Linterna Verde, a la organización Temblores y al Semillero de Investigación de Seguridad y Convivencia Ciudadana de la Universidad Autónoma de Bucaramanga.