En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí

CLUB VIVAMOS
Suscríbete
Disfruta de los beneficios de El Tiempo
SUSCRÍBETE CLUB VIVAMOS

¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo [email protected] no ha sido verificado. Verificar Correo

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión

Hola, bienvenido

¿Cual es la ciudad colombiana clasificada como la más peligrosa del mundo?
¿Cómo va el juicio al expresidente Álvaro Uribe?
¿Accidente de bus en Calarcá?
Frío inusual en Bogotá explicado por el Ideam

Esto dijo la Corte sobre el consentimiento informado en demandas tras cirugías

Concedió tutela de familia de hombre que murió tras intervención sin haber dado ese consentimiento.

La histerectomía radical se realiza para tratar algunos cánceres de cuello uterino y algunos cánceres de endometrio.

La histerectomía radical se realiza para tratar algunos cánceres de cuello uterino y algunos cánceres de endometrio. Foto: Pxhere

Alt thumbnail

PERIODISTAActualizado:

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon
En un pronunciamiento de tutela, la Corte Constitucional recordó que el otorgamiento del consentimiento informado por parte de un paciente que se enfrenta a una intervención médica es un elemento trascendental a la hora de analizar en un proceso judicial si existe responsabilidad médica por alguna situación derivada de la intervención.
La Sala Segunda de Revisión de la Corte, integrada por los magistrados Alejandro Linares Cantillo, Antonio José Lizarazo Ocampo (con salvamento de voto) y Jorge Enrique Ibáñez Najar (ponente), estudió la tutela de los familiares de un hombre que murió en noviembre de 2013, después de una cirugía en la que se le extrajo la vesícula.
La familia puso una demanda de reparación directa contra el Hospital Universitario San José de Popayán E.S.E. por los daños y perjuicios causados por una alegada falla en la prestación del servicio médico que derivó en la muerte del paciente. En 2017, un juez istrativo de Popayán les dio la razón, pero en 2021 el Tribunal istrativo del Cauca negó sus pretensiones, y una tutela que interpusieron los familiares también fue negada por el Consejo de Estado.
Sin embargo, la tutela llegó en grado de consulta a la Corte, que concluyó que en este caso no se otorgó el consentimiento informado por parte del paciente, por lo que no podía probarse que el hombre conocía los riesgos inherentes a la intervención quirúrgica ni sabía cómo reaccionar ante señales de alarma.
En este punto el alto tribunal puso de presente que antes, decisiones de la misma corte han considerado el consentimiento informado como un desarrollo específico de varios derechos fundamentales, principalmente el de la autonomía personal.
“Esto es así, pues el consentimiento no es aquel que se otorga en abstracto, sino el referido a los riesgos concretos de cada procedimiento; sin que sea suficiente la manifestación por parte del galeno en términos científicos y complejos de las terapias o procedimientos a que deberá someterse el paciente, sino que deben hacerse inteligibles para que este conozca ante todo los riesgos que el procedimiento específico implica y así pueda expresar su voluntad de someterse al mismo”, expuso la alta corte.
Por ese motivo, el alto tribunal explicó que en este caso, los jueces que negaron las pretensiones de la familia entendieron que el paciente firmó el consentimiento informado a partir de una prueba indirecta, esto es, la transcripción de la historia clínica en la que se hizo referencia a la aceptación del paciente. Pero no analizaron la prueba directa, que era el documento del consentimiento que no estaba suscrito por el paciente, como lo afirmaba la transcripción de la historia clínica.
“La Sala concluyó que el Tribunal incurrió en un defecto fáctico por cuanto omitió valorar integralmente las pruebas, lo que condujo a tener por demostrado un hecho pese a que el material probatorio obrante en el expediente daba cuenta de lo contrario. Esta valoración irrazonable del material probatorio tiene una incidencia directa en la conclusión de la inexistencia de la falla en el servicio, y por lo mismo, implica la invalidez de la conclusión a la que llegó el juez de instancia”, indicó la sentencia de tutela.
Por ese motivo, el alto tribunal dejó sin efectos el fallo del Tribunal istrativo del Cauca, que negó las pretensiones de la familia, y le ordenó proferir una nueva decisión, teniendo en cuenta los argumentos de la Corte Constitucional en esta providencia.
En Twitter: @JusticiaET

Lea otras notas de Justicia:

Sigue toda la información de Justicia en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon

Conforme a los criterios de

Logo Trust Project
Saber más
Sugerencias
Alt thumbnail

BOLETINES EL TIEMPO

Regístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa.

Alt thumbnail

EL TIEMPO GOOGLE NEWS

Síguenos en GOOGLE NEWS. Mantente siempre actualizado con las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en Google News.

Alt thumbnail

EL TIEMPO WHATSAPP

Únete al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al día con las noticias más relevantes al momento.

Alt thumbnail

EL TIEMPO APP

Mantente informado con la app de EL TIEMPO. Recibe las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en tu dispositivo.

Alt thumbnail

SUSCRÍBETE AL DIGITAL

Información confiable para ti. Suscríbete a EL TIEMPO y consulta de forma ilimitada nuestros contenidos periodísticos.

Mis portales