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Ordenan medidas para proteger de pandemia a detenidos en URI

La Corte Constitucional tomó varias medidas cautelares para proteger a esta población. 

En la UPJ de Puente Aranda será adaptada la sala especial, que tendrá un cupo para 25 personas.

En la UPJ de Puente Aranda será adaptada la sala especial, que tendrá un cupo para 25 personas. Foto: Milton Díaz. EL TIEMPO.

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La Corte Constitucional le ordenó al Gobierno y a los entes territoriales varias medidas cautelares para proteger a la población que se encuentra detenida en centros de detención transitoria, que son las estaciones de policía y las Unidades de Reacción Inmediata (URI) en donde las personas están detenidas temporalmente mientras son trasladadas a una cárcel. 
Al evaluar 10 tutelas por las malas condiciones y las violaciones de derechos en estos espacios, la Corte encontró que le hacinamiento en estas celdas es del 132,12 por ciento, lo que significa que es mayor que la que se vive en cárceles, en donde el hacinamiento es del 53 por ciento. 
Para proteger a las personas detenidas en las URI ante la propagación de la pandemia de coronavirus, especialmente a las que tienen mayor riesgo de contagio, la Corte tomó una serie de medidas especiales. 
Primero les ordenó a la Uspec y al Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad que en ocho días, diseñen y adopten un protocolo de atención en salud en los centros de detención transitorio. 
Así, es necesario identificar quiénes podrían estar contagiados y detenidos en estos centros para fijar las medidas claras que permitan contrarrestar la pandemia. 
Además, la Corte dijo que este protocolo debe tener en cuenta medidas específicas sobre la detención de personas con sospecha de covid-19, quienes no podrán ser trasladadas a centros de detención. Y también tendrá que adoptar un protocolo claro sobre qué medidas se tomarán ante casos confirmados de coronavirus en estos centros de detención transitoria. 
La Corte también les dio ocho días a autoridades nacionales y locales para que garanticen que los detenidos en estos centros transitorios tengan a servicios sanitarios, productos de aseo, alimentación diaria, agua potable permanente, jabón, con el fin de protegerlos de la covid-19. 
Estás medidas, dijo la Corte, deberán aplicarse en todo el país. 
Según los datos aportados por la Policía Nacional, en 239 centros de detención transitoria en el país, hay 6.822 personas detenidas, pese a que la capacidad de esos centros es para 3.883 personas. Por eso el hacinamiento es del 132,12 por ciento. 
Además, la Secretaría General de la Policía le informó a la Corte que el promedio de permanencia de estas personas en las estaciones de Policía oscila entre uno y catorce meses, hasta que son trasladados a una cárcel. 
Según cifras de la Fiscalía enviadas a la Corte, los delitos por los que más hay personas detenidas de forma preventiva son hurto (24 %); delitos relacionados con estupefacientes (21,39 %); fabricación, tráfico y porte de armas (13,8 %); homicidio doloso o culposo (11,44 %); delitos sexuales (8,78 %); violencia intrafamiliar (4,74 %); y concierto para delinquir (4,08 %). 
JUSTICIA

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