La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia abrió, de oficio, una indagación preliminar en contra de Jennifer Arias, presidenta de la Cámara de Representantes, luego de que la Universidad Externado asegurara que la congresista cometió plagio en su tesis de grado.
El caso está en manos del magistrado Héctor Alarcón quien deberá asumir el proceso de recolección de pruebas a fin de determinar si hubo o no delito y si hay méritos para, luego, abrirle una investigación formal a la congresista o no.
Según la Universidad, que ó a un perito para revisar el documento, sí hay en al menos cinco casos "los elementos necesarios para la existencia de una infracción al derecho de autor, consistente en la reproducción o copia de elementos originales y protegidos de las obras mencionadas".
Arias asegura que es inocente y que no cometió plagio alguno.
La Universidad había anunciado que iba a remitir este expediente a la Corte Suprema de Justicia y a la Fiscalía General de la Nación la documentación pertinente, para las acciones a las que haya lugar. Así como al Consejo de Estado para lograr la invalidación de su título.
"De conformidad con la normativa y jurisprudencia vigentes, y en razón de los hechos evidenciados, la Universidad acudirá ante la jurisdicción de lo contencioso istrativo para solicitarle al Consejo de Estado que anule los títulos referidos, y remitirá a la sala penal de la Corte Suprema de Justicia y a la Fiscalía General de la Nación la documentación pertinente, para lo correspondiente", dijo la Universidad.
El centro educativo explicó que actualmente carece de competencia para adelantar procesos disciplinarios en contra de personas que desde hace más de cinco años dejaron de ser estudiantes de la Institución, así como para revocar títulos ya expedidos.
Según el artículo 270 del Código Penal, quien incurra en este tipo de actos se expone a una pena de prisión de 32 a 90 meses, es decir, de 2,6 a 7,5 años.
Por su parte, el abogado Pedro Nel Escorcia señaló que la congresista también podría ser investigada por el delito de falsedad en documento privado, y que incluso podría tener la causal de perdida de investidura.
Como señala la Constitución en el numeral 5 del artículo 237, "el juicio de pérdida de investidura recae sobre el comportamiento ético de los congresistas y, en caso de configuración de la causal, se generan consecuencias jurídicas y políticas, en tanto la Carta Política impide que la persona vuelva a participar de los cuerpos colegiados de representación popular".
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