La Corte Suprema de Justicia no aceptó la solicitud de Héctor Julio Alfonso López alias 'el Gatico', hijo de Enilse López, la 'Gata', para que su expediente fuera enviado a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Alfonso López había hecho esa solicitud el pasado 31 de agosto, días después de que la Sala de Casación Penal lo acusó de promover grupos armados ilegales.
Según el alto tribunal, si bien es cierto que 'el Gatico' y su familia, así como los empleados de las empresas que son de su patrimonio personal y familiar "inicialmente tuvieron relaciones con los Bloques Héroes de los Montes de María, Central Bolívar y Norte de las Autodefensas, después del año 2006 se desligaron de dichas agrupaciones porque aquellos se desmovilizaron".
Tras esa desmovilización, dice la Corte, los exparamilitares conformaron una estructura que se caracterizó "no por combatir la guerrilla, no por enfrentar el Estado, no por doblegar a las Farc, sino que se organizaron para enriquecer sus patrimonios, para legalizar los dineros habidos ilícitamente, para darle muerte a los testigos que tenían la osadía de delatarlos, para sobornar a quienes tenían conocimiento de sus conductas y declaraban en los procesos judiciales, y todas esas acciones querían convertirlas en objeto de impunidad llevando al Congreso de la República al procesado".
Esto implica que, para la Corte, Alfonso López terminó teniendo relaciones con un grupo criminal que no tuvo un interés político. Así, la estructura de la que hizo parte Héctor Julio Alfonso López era, a juicio del alto tribunal, "una organización de delincuencia común que no tiene relación directa o indirecta con el conflicto armado que dio lugar al proceso de paz y que culminó con el acuerdo de paz".
Por ello la Corte se negó a enviar su expediente a la JEP considerando que los delitos por los que se lo acusa, y el grupo del que hizo parte, no tuvo una relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano.
Según la Corte, desde la Cámara de Representantes, el 22 de mayo del 2007, 'el Gatico', promovió esos grupos armados ilegales "entorpeciendo la actividad investigativa del coronel Ignacio Fajardo Robles, y cuestionando las acciones de la Fiscalía ante la Presidencia".
La Corte aseguró que la JEP se encargará de juzgar aquellos casos "que se hayan cometido por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado y sin ánimo de obtener un enriquecimiento ilícito".
La Corte dijo que ese filtro es lógico, porque si no toda persona que esté siendo procesada por la justicia ordinaria, así su conducta no tenga relación directa o indirecta con el conflicto, podría terminar pidiendo beneficios en la JEP.
PAZ Y JUSTICIA