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Curules de paz: con ponencia repartida empieza debate en la Corte

Se estudia tutela de Roy Barreras para revivir proyecto de 2017.  Caso está en Sala Plena.

La Corte Constitucional profirió la sentencia que cambió las cosas para quienes han sido condenados desde 1991.

La Corte Constitucional profirió la sentencia que cambió las cosas para quienes han sido condenados desde 1991. Foto: Carlos Ortega / EL TIEMPO

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En la Sala Plena de la Corte Constitucional ya está en estudio el caso de la tutela que presentó el senador Roy Barreras contra la Mesa Directiva del Senado pidiendo revivir el proyecto de ley que creaba las 16 curules de paz y que se hundió en el Congreso a finales de 2018 en una polémica votación.
El caso está en manos del magistrado Alejandro Linares quien ya repartió ante sus colegas la respectiva ponencia pidiendo, al parecer, revivir la iniciativa.
A la Corte llegó una petición que busca que el magistrado Antonio José Lizarazo se declare impedido del caso y, por tanto, no participe en el debate.
La petición la hizo el ciudadano Carlos Hugo Ramírez quien asegura que el magistrado Antonio José Lizarazo debe declararse impedido en razón de que en 2016, antes de llegar al alto tribunal, tuvo un contrato con el Fondo de Programas Especiales para la Paz, del Departamento istrativo de la Presidencia, para asesorar a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz en relación al Acuerdo de Paz.
Entre otros, para “elaborar documentos en materia de participación política de acuerdo a los requerimiento y necesidades de la Oficina”. Según la petición de Carlos Hugo Ramírez, ese tema tiene relación directa con las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz pactadas en la negociación con la antigua guerrilla de las Farc.
En criterio de Ramírez, Lizarazo “se encuentra impedido para conocer este asunto” y por eso le hizo un llamado a que haga tal manifestación ante la Sala Plena. Por este mismo asunto, la Sala Plena de la Corte ha negado en reiteradas oportunidades recusaciones presentadas por ciudadanos en el marco de procesos de constitucionalidad relacionados con el Acuerdo de Paz.

¿Qué estudia la Corte?

El 30 de noviembre de 2017 se votó por el proyecto de Acto Legislativo No. 05 de 2017 Senado, 017 de 2017 Cámara que creaba las 16 Circunscripciones de Paz. El informe de conciliación obtuvo 57 votos en total, 50 a favor y 7 en contra, generando una polémica sobre si la iniciativa se aprobó o no.
La razón de ello es que como el Senado estaba conformando por 102 integrantes, requería 52 votos, la mayoría absoluta. La interpretación de Barreras y otro grupo de senadores apuntaba a que a iniciativa sí obtuvo los votos necesarios porque había cuatro “sillas vacías” de congresistas en procesos judiciales por corrupción que no eran susceptibles de reemplazo: las de Martín Morales, Bernardo Miguel Elías, Musa Besaile y Álvaro Ashton.
En esas cuentas, el Senado entonces estaba conformado por 98 personas y no 102, por lo que los 50 votos sí eran mayoría absoluta. La tutela fue declarada improcedente en dos instancias en 2019 y seleccionada para estudio por la Corte en diciembre de ese año.
En este caso, la Procuraduría pidió al alto tribunal no revivir las curules alegando que estas podrían ser “captadas” por los victimarios.
“Las razones que fueron puestas de presente en el debate parlamentario para no apoyar la reforma constitucional en comento, no son arbitrarias, ya que constituyen preocupaciones legítimas, como lo es el hecho de que la normatividad no tiene la vocación de reparar a las víctimas y, en cambio, facilita la captación de las curules por parte de sus victimarios”, indicó la entidad.
Además, la Procuraduría asegura que la tutela se presentó de forma tardía y que esto es problemático porque esa iniciativa fue estudiada en el Congreso bajo el procedimiento del “fast track” que ya no tiene vigencia. “Tendría que promulgarse una reforma que solo surtió cuatro debates a pesar de que su contenido tiene impactos significativos en el funcionamiento el sistema democrático”, dijo la entidad.
En Twitter: justiciaET

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