En manos de la Sala Plena de la Corte Constitucional está definir una demanda presentada en contra de algunos artículos de la ley que reformó el Estatuto Orgánico de Bogotá que resta algunas competencias al Concejo sobre la autorización de vigencias futuras e incluye la creación de nuevas localidades a través del Plan de Ordenamiento Territorial (POT).
Se trata de una demanda presentada por los concejales Lucía Bastidas (Alianza Verde), Emel Rojas (Colombia Justa Libres), Heidy Sánchez (Colombia Humana), Carlos Carrillo (Polo Democrático) y Andrés Forero (Centro Democrático), que está en el despacho del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar.
La demanda asegura que la norma podría permitir que la división política de la ciudad sea aprobada por decreto de la Alcaldía, sin autorización del Concejo.
“Erradica de tajo la competencia del Concejo posibilitando que la división territorial por localidades sea efectuada única y exclusivamente por el Alcalde mediante Decreto Distrital, lo cual es contrario a lo que dispone el artículo 322 de la Constitución Política, que entregó dicha facultad al Concejo sin hacer ninguna excepción ni facultar al legislador para que desarrollara adicionales”, dice la demanda.
Según la demanda, la ley aprobada, al imponer que la división por localidades sea definida en el Plan de Ordenamiento Territorial, se obliga al Concejo a la “corporación a votar afirmativamente el proyecto que se presente, independientemente de que los estudios sean insuficientes o se omitan exigencias de la ley que deben ser tenidas en cuenta para tomar dicha decisión”.
La postura de la Procuraduría
A la Corte ya llegó un concepto de la Procuraduría General que pide que esta demanda se desestime al considerar que no es contrario a la Constitución que el Congreso haya dispuesto que la división del territorio de Distrito Capital se incluyera en el POT, porque esa es una de las competencias del legislativo.
“Lo cierto es que la posibilidad que ofrece la ley de expedirlo (el POT) subsidiariamente por decreto del alcalde ha sido entendida como una eventualidad confirme a la Carta Política”, dice el concepto de nueve páginas de Margarita Cabello.
“La norma acusada no cercena el margen de decisión otorgado por la Constitución al Concejo, puesto que el proyecto de POT, incluyendo las disposiciones referentes a la división política de la ciudad son objeto de estudio y deliberación por dicha corporación, la cual puede optar por no aprobarlas y, en consecuencia, archivar el proyecto e impedir que el Alcalde Mayor pueda expedirlo por decreto”, agregó la Procuraduría.
Lo que dice la Alcaldía
A su turno, la Secretaría Jurídica de la Alcaldía de Bogotá le dijo a la Corte que, contrario a lo dicho por los demandantes, la norma aprobada busca que el Concejo, a iniciativa del alcalde de la ciudad, organice las localidades con criterios demográficos similares.
“La definición temporal no conlleva una prohibición absoluta para crear localidades ni para que el territorio de Bogotá se divida atendiendo las especiales particularidades económicas, sociales y geográficas de sus zonas”, dice la demanda que señala que esta modificación “mantuvo incólume la facultad dada al cabildo de dividir el territorio de la capital en localidades”.
@JusticiaET
Lea más noticias de Justicia