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Juan Pablo Bieri deberá rectificar pronunciamientos contra la Flip

Corte dijo que al atacar a la Flip se atacó también la democracia y los derechos de los periodistas.

En enero de 2019 se conocieron grabaciones en las que Juan Pablo Bieri, en ese entonces gerente de RTVC, afirmó que el programa Los puros criollos, dirigido por Santiago Rivas, debía salir del aire sin esgrimir razón alguna. A raíz de este escándalo, Bieri decidió renunciar a su cargo en febrero del mismo año. Ahora, su nombre vuelve a sonar después de que a finales del año pasado fuera nombrado como asesor de comunicaciones de la Secretaría Privada de Presidencia.

En enero de 2019 se conocieron grabaciones en las que Juan Pablo Bieri, en ese entonces gerente de RTVC, afirmó que el programa Los puros criollos, dirigido por Santiago Rivas, debía salir del aire sin esgrimir razón alguna. A raíz de este escándalo, Bieri decidió renunciar a su cargo en febrero del mismo año. Ahora, su nombre vuelve a sonar después de que a finales del año pasado fuera nombrado como asesor de comunicaciones de la Secretaría Privada de Presidencia. Foto: Presidencia de la República

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Por una orden de tutela de la Corte Constitucional, Juan Pablo Bieri Lozano, exgerente de RTVC, deberá rectificar afirmaciones que hizo contra la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip)  en su cuenta personal de Twitter.
Esta decisión llega tras un proceso que comenzó por una presunta censura de Bieri contra el presentador del programa Los Puros Criollos, Santiago Rivas. Esa censura fue denunciada por la Flip al difundir la grabación de una reunión de trabajo de Bieri y algunos de sus colaboradores en la que dejó claro su descontento con el presentador por haber criticado al Gobierno.
Al atacar a la Flip mediante afirmaciones evidentemente infundadas, arbitrarias, sin sustento probatorio, se atacó también a la democracia y los derechos de los periodistas
Por el escándalo el exgerente de RTVC terminó por renunciar y luego en Twitter acusó a la fundación de editar la grabación, de difundir una grabación ilícita y de ser cómplice de los delitos de injuria y calumnia. Aunque la Flip le solicitó rectificar, Bieri guardó silencio.
Al estudiar el caso, la Sala encontró que en la reunión del 6 de diciembre de 2018, sostenida en RTVC, se presentaron actos de censura, inicialmente directa y, posteriormente indirecta, en ambos casos con fines retaliativos y capaces de generar
un efecto disuasorio en Rivas y otros comunicadores y periodistas.
La Corte además dijo que la actuación de Diana Marcela Díaz Soto -quien grabó la reunión de trabajo aludida-, y sin perjuicio de las diligencias que ha desarrollado la Fiscalía, "se encuentra protegida por la Constitución Política, debido a que es un acto destinado a encender las alarmas a favor de la democracia, ante la evidencia de los mencionados actos de censura".
Además, la Corte dijo que Juan Pablo Bieri Lozano publicó información, a través de una serie de trinos, en defensa de su gestión en RTVC Sistema de Medios Públicos, que no cumplía con los estándares de veracidad e imparcialidad.
"Con ello, vulneró el derecho al buen nombre de la Flip, pues la acusó sin ninguna prueba de haber manipulado una grabación -a su juicio ilegal- y de haber sido cómplice de los delitos de injuria y calumnia en su contra", agregó la Corte.
“Al atacar a la Flip mediante afirmaciones evidentemente infundadas, arbitrarias, sin sustento probatorio, se atacó también a la democracia y los derechos de los periodistas, agravando la difícil situación que enfrentan las y los defensores de derechos humanos en Colombia", dice el fallo.
Por ello la Corte insistió en que las organizaciones defensoras de derechos humanos deben recibir una especial protección constitucional y señaló que la vulneración de sus derechos fundamentales es un asunto que debe ser resuelto por el juez constitucional.
@JusticiaET

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