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Tutela a favor de Ramos podría causar un choque de trenes en Cortes

Sala eliminada en 2015 dijo que Corte Suprema debe sortear otro ponente y hacer nueva ponencia.

Ramos estuvo tres años y tres meses privado de la libertad, procesado por un caso de parapolítica del cual todavía no hay sentencia.

Ramos estuvo tres años y tres meses privado de la libertad, procesado por un caso de parapolítica del cual todavía no hay sentencia. Foto: Claudia Rubio / Archivo EL TIEMPO

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En un fallo de 28 páginas, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura resolvió, en segunda instancia, una tutela con la que el exgobernador de Antioquia Luis Alfredo Ramos Botero pedía quitarle el caso en su contra –por concierto para delinquir por promover grupos armados ilegales– al magistrado de la Corte Suprema Ariel Torres, de la Sala Especial de Primera Instancia.
A pesar de que en primera instancia esa tutela había sido negada, y de que la Corte Suprema ya había resuelto negativamente una recusación que formuló Ramos contra el magistrado, la Sala Disciplinaria concedió su tutela y ordenó en 48 horas separarlo del caso, sortear un nuevo ponente y elaborar una nueva ponencia distinta a una que, según alegó el exgobernador, se filtró en medios de comunicación.
Esa decisión se tomó en contra de lo dicho por el juez de primera instancia, quien destacó que no acreditaba la supuesta filtración y que no había elementos que permitieran decir que esa hipotética situación ocurrió por culpa del magistrado Torres, también dijo el juez en esa primera decisión, de agosto de este año, que no podía decirse que hubo una violación del debido proceso de Ramos atribuible al magistrado Torres.
No solo es polémica la decisión por ir en contra de determinaciones que ya había tomado el juez de primera instancia y la misma Corte Suprema, sino porque la Sala Disciplinaria de la Judicatura fue eliminada en 2015 por la reforma de equilibrio de poderes y, pese a ello, sigue funcionando con magistrados interinos y dos magistrados en propiedad: Pedro Sanabria y Julia Emma Garzón de Gómez que superan ya en 4 años sus periodos, que eran de 8.
Precisamente fue Garzón la ponente de la decisión que ordenó quitarle el caso a Ariel Torres, poner un nuevo ponente y hacer una nueva ponencia de fallo en el proceso contra Ramos. 
Para argumentar por qué le concedió la tutela al exgobernador de Antioquia, la Sala Disciplinaria dijo que sí está probada la filtración de la supuesta ponencia de fallo que lo condenada a 19 años de cárcel, ponencia que está en estudio por parte de la Corte Suprema.
Agregó que a Ramos se le violó el derecho a la igualdad, pues debía ser tratado como cualquier investigado y "no tenía por qué sufrir un daño antijurídico conociéndose el proyecto de su sentencia por un medio de comunicación, pues el magistrado debía guardar la reserva del mismo garantizándole al investigado su derecho a la igualdad y al debido proceso, sin importar si es una persona conocida públicamente o no".
La Sala trajo a colación que ya en 2018, antes de que se conformara la Sala Especial de Primera Instancia, se había filtrado otra ponencia de la Corte Suprema contra Ramos por este mismo caso, en ese momento la ponencia era de la Sala Penal. Igualmente, la Sala recordó que en 2019 la Corte Constitucional estudió una tutela de Ramos y dijo que por esa filtración se le vulneró el derecho fundamental al debido proceso.
Por ello, la Sala Disciplinaria sostuvo que en este caso "resulta evidente la vulneración al debido proceso por parte del magistrado de la Sala Especial de Primera Instancia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, doctor Ariel Augusto Torres Rojas, frente al proceso, pues claramente se filtró la información y la ponencia por él presentada frente al caso del actor".
Añade el fallo que como Torres es "el guardián del expediente" y que como este es contra una persona "con cierto reconocimiento público", el magistrado debió custodiar el expediente "con suma diligencia y no permitir que una providencia que ya tenía plasmada su análisis jurídico y de juicio fuera publicada por un noticiero (...) vulnerándose así el derecho al debido proceso e igualdad del actor, pues de todos los casos que debe tener en su poder el magistrado accionado únicamente fue el del señor Ramos Botero el que se publicó ante los medios de comunicación".
De todos los casos que debe tener en su poder el magistrado, únicamente fue el del señor Ramos el que se publicó ante los medios
Por esas razones ordenó separar del caso al magistrado de la Corte Suprema Torres "y sea repartido nuevamente su caso, garantizándole todos los derechos al señor Ramos Botero, es decir, presentando una ponencia diferente a la ya divulgada en los medios de comunicación".

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