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UNP deberá evaluar de manera diferencial amenazas contra periodistas: Corte
Fallo dice que falta de conocimiento sobre el periodismo ha llevado a desestimar riesgos.
La Corte Constitucional hizo un llamado de atención a la Unidad Nacional de Protección (UNP) por la forma como realiza las valoraciones de riesgo a periodistas y le ordenó que, de aquí en adelante, haga ese procedimiento "con un enfoque diferencial que le permita advertir las particularidades de cada caso concreto y adoptar las medidas de protección adecuadas que permitan a este grupo poblacional poder ejercer su profesión con las garantías de seguridad que requieran".
Así lo hizo al estudiar el caso del periodista Robert Posada, quien entre 2021 y 2022 ecibió tres amenazas relacionadas con su ejercicio periodístico en Tuluá, Valle del Cauca.
Según explicó la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) año pasado, el reportero acudió a la UNP para que le otorgaran medidas que protección pero la entidad dijo que su riesgo no ameritaba que se le asignara ningún tipo de protección.
Debido a la poca reacción del Estado, el periodista se vio obligado a exiliarse para así proteger su vida. Al estudiar el caso, la Corte Constitucional dijo la entidad no incluyó en la valoración de riesgo elementos de contexto regional, el hecho que en la zona se había presentado el homicidio de un periodista, ni las amenazas recibidas por reporteros entre el 2021 y 2022.
Por eso, la Corte dijo que la UNP "omitió a su deber de valorar en debida forma el perfil del periodista, el contexto en el cual ejerce su profesión y el contenido de la información u opinión que difunde, como elementos relevantes para valorar el riesgo al cual podría estar sometido y, en consecuencia, su obligación de motivar su posición en relación con ello".
"La Sala observa que el accionante es un periodista regional que desempeña sus funciones en medios independientes. Adicionalmente, salta a la vista que la información que divulga está relacionada con acontecimientos relevantes que suceden en el municipio de Las Flores. Por su parte, respecto del contexto local y regional, se reitera lo señalado en los anteriores fundamentos jurídicos respecto de las condiciones de seguridad para el ejercicio del oficio de periodista en el departamento del Esmeraldas", agregó la Corte.
Al indicar que la UNP desconoció los derechos del periodista que ejerce su labor de manera independiente y ordenó hacer una nueva valoración del riesgo de este "en atención a los factores enunciados anteriormente como: el perfil de quien ejerce la actividad, el contenido de la información u opinión de la persona que difunde y la ubicación territorial".
La Flip destacó la decisión al señalar que si esta se cumple, se "beneficiarán las y los periodistas amenazados, ya que la UNP deberá realizar mejores análisis de riesgo (teniendo en cuenta el peligro relacionado con el oficio periodístico) y así se tomarán decisiones acordes con las dinámicas de las y los comunicadores y proporcionales a la situación de violencia que enfrentan".
"En los últimos tres años, cuatro de los dieciséis periodistas que salieron del país solicitaron la activación del mecanismo de protección sin recibir una respuesta favorable", dijo la Fundación al pedirle a la UNP que cumpla con la determinación.
"Por eso, la UNP debe cumplir con celeridad la sentencia de la Corte y, así, capacitar a sus analistas para que puedan entender los riesgos propios del ejercicio periodístico en diferentes contextos. Otorgar medidas de protección acorde al riesgo de las y los periodistas es vital para prevenir graves afectaciones a su vida y su integridad y para que puedan seguir informando", dijo.