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Interbolsa: Condenan a dos responsables del descalabro a la comisionista

Gloria Cárdenas y Yanneth Katherine deberán pagar 1.000 salarios mínimos como multa.

La comisionista incumplió el pago de una de sus obligaciones por 20.000 millones de pesos.

La comisionista incumplió el pago de una de sus obligaciones por 20.000 millones de pesos. Foto: Rodrigo Sepúlveda. Archivo EL TIEMPO

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El Tribunal Superior de Bogotá condenó a cuatro años y cuatro meses a dos personas que fueron encontradas como responsables por el descalabro a Interbolsa, la mayor comisionista que tuvo el país en el mercado bursátil.
La decisión, con ponencia del magistrado Álvaro Valdivieso, de la Sala Penal, recae contra Gloria Helena Cárdenas Tobón y Yanneth Katherine Hernández, a quienes se les encontró que no fueron utilizadas por los cerebros para cometer irregularidades, sino que tuvieron plena consciencia para cometer el delito de manipulación fraudulenta de especies inscritas en el registro nacional de valores e intermediarios.
El carrusel de prescripciones dentro del capítulo penal que se abrió contra los cerebros de la comisionista, entre los que se destaca Rodrigo Jaramillo como su presidente, terminó en condena luego de que fuera apelada la decisión que en primera instancia absolvió a las dos mujeres.
La firma Baker Mckenzie, a través de Bibiana Cala, le dijo a EL TIEMPO que como apoderada de víctimas en el caso Interbolsa, dio a conocer que esta decisión de que se revoque la decisión del Juzgado 56 Penal del Circuito de Bogotá. "Este logro es muy importante, pues los directivos no aceptaron cargos ni negociaron con la Fiscalía, siendo finalmente vencidos en juicio".
Luego de revisar varias pruebas y analizar lo aportado por personas que dieron su testimonio, el Tribunal subrayó que estas "dieron cuenta cómo, a partir de la toma de posesión y consiguiente proceso de liquidación de la firma comisionista, advirtieron la existencia de irregularidades que les permitió concluir que al interior de Interbolsa, y para los años 2011 y 2012, se orquestó entre sus principales directivos, la estrategia comercial orientada a permitir a un grupo de inversionistas conformado por
personas naturales y jurídicas (...) hacerse a las acciones de la Sociedad Fabricato".
Alessandro Corridori y Claudia Jaramillo son algunos de los investigados.

Alessandro Corridori y Claudia Jaramillo son algunos de los investigados. Foto:Juan Manuel Vargas / EL TIEMPO

Los nombres de la cúpula principal de la comisionista que aparecen en el fallo del Tribunal son los de Alessandro Corridori, Invertácticas, Manrique y Manrique, Gyteto, María Eugenia Jaramillo y Lina María Barguil.
Las condenadas no hacían parte del selecto grupo de personas que lideraban Interbolsa, por eso no se les recriminó su responsabilidad en la modalidad de coautoría endilgada; sin embargo, para la Sala Penal sí hubo elementos reveladores de su compromiso penal a título de autoras materiales en sus roles ejecutivos correspondientes.
En efecto, en los cargos de comerciales que ocupaban (Cárdenas era directora de Banca) conocieron información clave de las operaciones que se ejecutaban alrededor de las labores del Grupo Corridori, y sabiendo eso, se les sacó en cara que ejecutaron conductas que fueron en contravía de las normas del mercado, lo que derivó en una manipulación de la Especie Fabricato.
Es decir, su deber jurídico era impedir el resultado fraudulento de las operaciones que se estaban realizando.
En lo que respecta a Yanneth Hernández, de acuerdo a un testimonio, ella contaba con un código de personal e intransferible para operar en el mercado como trader, "realizando a través de este 234 operaciones sobre la especie Fabricato (194 de compra y 40 de venta), que equivalieron al 13 por ciento de las operaciones de Interbolsa".
Por eso, contrario a lo que expuso la defensa de la procesada, ella sí trabajó como comercial que tuvo manejo a portafolios de clientes, realizando un número significante de operaciones.
En cuanto al delito de estafa agravada, que también fue apelado, para el Tribunal no se aportó el suficiente material probatorio, ni se dio el dolo necesario en todas las operaciones para que se configure el delito.
Mientras que en lo que respecta al delito de istración desleal, "confrontado la fecha de la formulación de imputación (18 de enero de 2016), es evidente que el término de la prescripción se encuentra superado", pues aquel venció el 18 de enero.
Además de la condena, que podrá ser pagada con detención domiciliaria, las dos mujeres tendrán que pagar una multa de 1.000 salarios mínimos.

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