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La primera condena por feminicidio de una mujer trans

Juez condenó a Davinson Erazo a 20 años de detención en centro psiquiátrico.

A propósito de la celebración, la Defensoría del Pueblo de Colombia hizo un llamado a rechazar los actos de violencia y discriminación contra la población LGBTI.

A propósito de la celebración, la Defensoría del Pueblo de Colombia hizo un llamado a rechazar los actos de violencia y discriminación contra la población LGBTI. Foto: Mauricio León

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El juzgado Segundo Penal del Circuito de Garzón (Huila) condenó a 20 años de detención en un establecimiento psiquiátrico a Davinson Stiven Erazo Sánchez como responsable del feminicidio cometido contra Anyela Ramos Claros, quien era reconocida como mujer trans. 
Se trata de la primera condena en el país en la que un juez tipifica el homicidio de una mujer transexual como feminicidio, agravante que se creó en el 2015 con la ley de Rosa Elvira Cely, quien fue brutalmente violada y asesinada en Bogotá. 
Esta ley permite que los asesinatos de mujeres, por razones de género, tengan una pena mayor. Así, en el caso de Ramos, se consideró que su asesinato fue "por un prejuicio a causa de la identidad de género de la mujer trans", según informó la ONG Colombia Diversa. 
El juez de Garzón declaró a Erazo, de 23 años, culpable de los delitos de feminicidio agravado en concurso heterogéneo con fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego. 
Sin embargo, en el proceso, según el juez, se demostró que Ramos tiene un trastorno mental, específicamente esquizofrenia, que se suma a farmacodependencia, intentos suicidas por psicosis tóxica, delirio paranoico, místico y religioso.
Por esa situación lo condenó a 20 años de detención en un establecimiento psiquiátrico, clínica o institución, por lo que no pagará la pena en una cárcel. El juez le ordenó al Inpec prestarle atención médica especializada y vigilancia. 
Según el proceso penal, Ramos era la dueña de una peluquería en la que trabajaba, y donde fue asesinada el 9 de febrero del año pasado, al recibir un disparo por la espalda. 
Durante el juicio, la Fiscalía destacó que Anyela fue asesinada por su condición de mujer trans, y que no era la primera vez en la que Erazo la había agredido, pues en otra ocasión la atacó con un machete, ofendiéndola por su condición sexual. 
Aunque en sus documentos de identificación Anyela seguía figurando como 'Luis Ángel Ramos Claros', el juez consideró que su identidad correspondía a la de una mujer trans, pues esa era la forma en la que ella se identificaba, adecuando su apariencia física, y al mostrarse socialmente como una mujer. 
Así, el juez aseguró que aunque desde las audiencias preliminares la Fiscalía General identificó a la víctima como de sexo masculino, "se presentó con claridad que la identidad de género de esta correspondía a la femenina, por las sencillas razones que en su medio social, público y familiar, Luis Ángel (Anyela) era una mujer trans". 
En ese sentido, el juez dijo que Anyela era una mujer trans no sólo por su físico, sino también por la forma en la que se desenvolvía en sus relaciones personales y familiares. Así, su hermano testificó, por ejemplo, que Anyela siempre se identificó como una mujer y que, incluso, se hizo una cirugía de senos para cumplir con esa aspiración.  
Esta sentencia es la segunda en Latinoamérica en la que se considera que el asesinato de una mujer trans constituye feminicidio. El primer caso de asesinato de una mujer trans en América Latina, que fue considerado penalmente como una situación de odio por su identidad de género, fue el de Diana Sacayán, en Argentina, activista de los derechos humanos. Fue asesinada en 2015. 
Según Medicina Legal, en el 2017 fueron asesinadas 758 mujeres y, ese año, 109 personas asesinadas eran LGBT. De ese total, 36 eran mujeres trans. 
JUSTICIA

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