Hace menos de 20 días, la Policía de Cali desplegó una ofensiva contra personas señaladas de hacer parte de redes asociadas al hurto de personas en esa ciudad. En los operativos, en los que participaron más de 150 uniformados en seis puntos de la capital del Valle, fueron capturadas 55 personas –varias de ellas con antecedentes penales– y decomisadas 23 armas de fuego y 19 traumáticas.
Esa presencia de armas, consideradas no letales, en operativos contra delincuentes en el país se ha ido convirtiendo en una constante en las redadas de las autoridades y es una de las razones por las que el Gobierno Nacional decidió reglamentar su porte y tenencia, poniéndolas al mismo nivel que las armas de fuego.
El borrador de decreto, cuya versión final será firmada este viernes, señala que se hace necesario regular el registro, control y porte de armas menos letales, ante su incidencia negativa en la seguridad ciudadana y el riesgo que representa su comercialización indiscriminada e incluso la modificación de esas armas que con pequeños cambios se vuelven letales. Y añade en su justificación que se da ese paso “en atención a la afectación de los derechos fundamentales a la vida, e integridad personal y libertades públicas, que se vienen ocasionando contra los ciudadanos por factores delincuenciales y ante el uso indiscriminado (de esas armas)”.
El decreto de seis páginas fija las nuevas normas para acceder a las armas consideradas menos letales. Señala, por ejemplo, que por un periodo inicial de tres años estarían vigentes los permisos para la tenencia o porte de armas traumáticas en el país. El tendría que asumir el costo del trámite, que oscilaría, según fuentes oficiales, entre $ 293.833 y $ 543.000.
Tras la firma y publicación del decreto del Ministerio de Defensa, que tiene 17 artículos, el porte o tenencia de armas traumáticas quedará reglado bajo las mismas normas de rigen para el uso de armas de fuego contenidas en el decreto 2535 de 1993. Así las cosas, los colombianos tendrán que tramitar los respectivos permisos ante las autoridades correspondientes: el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos y las unidades militares del país. E igualmente tendrían que cumplir con las mismas restricciones que hay vigentes para las armas convencionales.
En el país está vigente desde diciembre de 2017 la prohibición al porte de armas, por lo que para hacerlo se requieren de permisos especiales.
La norma establece que todas las armas traumáticas que estén en poder de ciudadanos, de importadores o de empresas de vigilancia deben ser recogidas para luego ser registradas y marcadas, y tramitados los nuevos permisos de porte o tenencia.
Para ese proceso la Industria Militar de Colombia (Indumil) y el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas Militares tendrán un plazo de ocho meses, el cual, de ser necesario se puede prorrogar por ese mismo periodo.
Para comprar un arma traumática hoy solo se necesita el dinero, acudir a cualquier almacén y elegir la que se va a comprar. La persona sale del local con el arma, el manifiesto de importación y dos carné para llenar.
En ciudades como Bogotá, estos elementos se consiguen en almacenes de San Andresito de la 38 o en algunos centros comerciales, donde cualquiera puede adquirir desde una navaja, un puñal, gas pimienta, taser y, por supuesto, armas traumáticas y de fogueo, réplicas de revólveres, pistolas, mini-Uzi y hasta de fusiles. Los precios van desde menos de 500.000 pesos hasta 1,6 millones de pesos.
En una consulta realizada por este diario se encontró que una de las más vendidas es la Ekol Beretta 9 mm, idéntica a la de fuego de fabricación italiana que cuesta en promedio seis millones y medio de pesos. De ese tipo de armas hay registro de que se han vendido 1.099, y el valor, por supuesto, es muy inferior: 699.000 pesos. También las ofrecen de segunda y salen por menos de la mitad.
Todas las deben entregar
El decreto establece que la responsabilidad de entregar las armas traumáticas para el trámite de los nuevos permisos es de su dueño, quien tendrá que acudir a los sitios que se definirán para ese propósito en todo el país.
Al momento de la entrega, la persona tendrá que llenar un formulario para que se inicie el proceso de registro y marcaje, y la solicitud para obtener el permiso de porte o tendencia. O podrá sencillamente entregar el arma y renunciar a su uso. En ninguno de los casos las personas recibirán contraprestación alguna por la entrega del arma y el plazo máximo para hacerlo será de seis meses. Las que sean entregadas y no se tramite el permiso, serán destruidas.
Las que sigan el proceso serán remarcadas digitalmente con un número de serie y en los registros de Indumil quedará la información de las características del arma, su serial asignado y toda la información de sus propietarios.
Siete días hábiles después de iniciado el proceso, le sería devuelta el arma a su dueño, quien en todo caso tendrá que cumplir con las restricciones vigentes en el país.
Para adelantar el trámite y conseguir un permiso, el ciudadano tendrá que presentar su documento de identidad, ser mayor de edad, presentar el certificado médico expedido por entidades avaladas por la Dirección de Sanidad Militar, certificado de curso de manejo de armas expedido por una entidad avalada por el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos y la factura de venta o declaración de importación del arma. Además tendrá que ir a una cita en la que se tomará registro fotográfico y huella digital.
Los importadores podrán seguir vendiendo ese tipo de elementos que ya estén en el país en un plazo de 16 meses tras la entrada en vigencia del decreto, pero tendrán que empezar a llevar un control del nombre, identificación y Registro Único Tributario de los compradores. También tendrán que advertir al comprador sobre la obligación de adelantar el proceso de registro y marcación del arma traumática.
Advierte el decreto que quienes no cumplan con esas medidas, en los plazos establecidos, quedan en riesgo de que el arma sea incautadas y ellos judicializados.
Entre enero y julio, el promedio de incautaciones fue de 31 cada día
Si bien las autoridades consideran que hay un incremento en el uso de armas traumáticas y de fogueo por parte de delincuentes, los delitos cometidos con ese tipo de artefactos no se encuentran en ningún registro oficial. De hecho, en Bogotá no hay cifras al respecto. Solo se puede saber que un delito es cometido con estos dispositivos cuando el delincuente es capturado en flagrancia.
En el país, según el borrador de decreto que regula la venta, la tenencia y el porte, en 2018 fueron incautadas 2.201; en 2019 aumentó a 3.804, en 2020 subió a 5.478 y en los primeros siete meses de 2021 se ubicaba en 6.569, cerca de 31 por día, lo que representa un incremento del 19,9 por ciento frente al año anterior. Solo en Bogotá, durante el mes de intervención fueron incautadas 242. Según el ministro de Defensa,
Diego Molano, en las calles de las ciudades hay unas 500.000 de estas armas.
Hugo Acero, exsecretario de Seguridad de Bogotá y quien junto con la alcaldesa Claudia López solicitaron en marzo al Ministerio de Defensa regular este tipo de armas, dice que las armas de fogueo y traumáticas son tan parecidas a las letales que es muy difícil que un ciudadano cuando es víctima de un atraco las identifique.
“El arma intimida porque es muy parecida a las de fuego”, asegura Acero, quien además considera que con ese tipo de elementos un delincuente puede lesionar y hasta matar a una persona. “Desde luego, no es un juguete. Es un arma, que tiene las mismas características de las armas de fuego. Intimida, lesiona y hasta puede matar”, agrega Acero.
El exsecretario señala que otro factor que ha contribuido a aumentar el uso de esos dispositivos es el precio. Es tan alta la demanda interna de estos, que en los últimos años se disparó la importación. Mientras en 2018 ingresaban de manera legal 64.907 armas traumáticas, en 2019 se pasó a 193.107 y en 2020 a 190.706, según la Fundación Ideas para la Paz (FIP).
La Secretaría de Seguridad, por su parte, señala que ve con preocupación que cada vez son más los delitos que se cometen con armas traumáticas. "Uno de los problemas que tenemos para entender el fenómeno es la falta de regulación. Si bien están clasificadas como armas traumáticas, eso no significa que no tengan una capacidad considerable de hacer daño a las personas, más aún cuando los delincuentes las modifican y aumentan su capacidad".
La entidad agrega que por la incautación que ha logrado la Policía durante 2021, en comparación con los años anteriores, que cada vez son más de este tipo que hay en Bogotá: entre enero y agosto de 2021 se han incautado 1.158 armas traumáticas, frente a 467 en 2020 y 680 en 2019.
El coronel y abogado John Marulanda, presidente de Asociación Colombiana de Oficiales Retirados de las Fuerzas Militares (Acore), dice que al prohibir el porte de ese tipo de armas lo que puede pasar es que se incremente el uso de armas de fuego. Afirma que hay 4,2 millones de armas letales ilegales circulando.
Ómar Oróstegui, director de la Fundación Futuros Urbanos, considera que el decreto facilitará la incautación de las armas de fogueo y traumáticas, pero que no se está entendiendo el fenómeno y se quiere responder bajo la misma lógica de las armas de fuego.
Con la misma opinión coincide Alberto Sánchez, experto en seguridad, quien dice que mientras no se entienda el problema y se dirija la atención hacia las armas de fuego y los incentivos para utilizarlas, el decreto no va a ser efectivo.
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