La Comisión Primera del Senado aprobó este martes, en su tercero de cuatro debates en el
Congreso, un proyecto de reforma de la justicia, el intento número 19 desde 2002 para modificar este sector.
Este proyecto, que busca reformar la Ley 270 de 1996 –ley estatutaria de la istración de justicia–, solo quedaría pendiente de su debate en la plenaria del Senado. El articulado, resultado de unificar tres iniciativas que por separado habían presentado el Ministerio de Justicia, el Consejo Superior de la Judicatura y unos congresistas, no ha avanzado sin críticas.
Gloria Stella López, presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, criticó este martes artículos agregados en el debate legislativo. En particular frente a nuevas funciones que se le está atribuyendo a la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial, de la que hacen parte los presidentes de las altas cortes, un representante de los funcionarios y empleados de la rama y el Fiscal General.
La función de esa comisión, resaltó López, es ser un mecanismo de información entre las corporaciones judiciales. “Su labor no es la de gobernar ni istrar la Rama Judicial, sino de servir de mecanismo de información recíproca entre instancias judiciales y un canal de comunicación entre el sector justicia. Consideramos que el articulado incorporado viola abiertamente una norma constitucional”, señaló.
Esto porque en el proyecto se le dan a la Comisión Interinstitucional funciones como elegir al director general de la Dirección Ejecutiva de istración Judicial (Deaj), lo cual hoy hace la Judicatura. Pero también se le da la función de rendir conceptos vinculantes al Consejo Superior de la Judicatura respecto a temas como la aprobación de presupuestos y personal, entre otros, lo que para López “provocará un atraso en la productividad”.
Pero además, hay preocupación sobre cambios que se están incorporando en los requisitos para ser magistrado de altas cortes. Entre otros, la Constitución Política establece como condición para ser magistrado en las cortes haber desempeñado por al menos 15 años cargos en la Rama Judicial, el Ministerio Público o haber ejercido como abogado o profesor universitario en disciplinas jurídicas por ese mismo tiempo.
Pero el artículo 67 del proyecto de reforma plantea que los abogados que tengan títulos adicionales podrán acreditar como experiencia haber ejercido en ciencia política, gobierno, finanzas, economía, istración de empresas y istración pública.
“Es clara la violación de la Constitución, que define cuáles son los requisitos de los magistrados”, señaló la presidenta de la Judicatura.
En medio del debate, legisladores han criticado que el articulado no está enfocado en las necesidades principales de justicia en Colombia, como la descongestión judicial.
Pese a las críticas, el Ministerio de Justicia ha defendido la iniciativa. Este martes, el ministro Wilson Ruiz destacó que mediante este proyecto se busca declarar la istración de justicia como un servicio público esencial, adecuar el gobierno y istración de la Rama Judicial “conforme a la arquitectura constitucional del acto 2 de 2015 –ley de equilibrio de poderes– y otorgar mayor autonomía presupuestal a la Rama Judicial”, entre otras.
También se incluyen apartados que hablan de la transformación digital de la justicia y fortalecer la defensoría pública para la defensa jurídica de los procesados y la representación de víctimas, así como los métodos alternativos de solución de conflictos.
Añadió que han socializado el proyecto con sindicatos de la Rama Judicial, el Colegio de Jueces y Fiscales, el Consejo Superior de la Judicatura y las altas cortes, y recibido sus comentarios.
“Los estamos revisando, estamos dispuestos a sentarnos con la Judicatura para ver qué ajustes podemos hacer sin ningún inconveniente”, dijo el ministro Ruiz.
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