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Noticia
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Lo que dijo la procuradora Margarita Cabello ante la Corte Interamericana sobre los jueces penales y las sanciones contra los elegidos por voto popular
EL TIEMPO conoció que la Corte Interamericana le preguntó a Cabello por las sanciones que ha impuesto la Procuraduría con posterioridad de la sentencia Petro Urrego vs. Colombia.
Corte Interamericana de Derechos Humanos y procuradora Margarita Cabello. Foto: Corte Interamericana / Procuraduría
El 20 de junio de este año la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) celebró una reunión privada con autoridades colombianas para supervisar el cumplimiento de la sentencia, de julio de 2020, que condenó al Estado colombiano por la violación de los derechos políticos del exalcalde de Bogotá, y hoy presidente de la República, Gustavo Petro Urrego.
La reunión se concentró sobre la única orden que el Estado no ha podido cumplir, relacionada con la modificación de la legislación interna para garantizar que los derechos políticos de los funcionarios de elección popularsólo sean afectados mediante una condena, de un juez competente, en un proceso penal. Tal y como dice el artículo 23.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Margarita Cabello, procuradora. Foto:Cortesía
La procuradora general Margarita Cabello defendió en la audiencia con la Corte IDH las facultades sancionatorias que le confirió la Constitución de 1991 a su institución; y aseguró que su entidad ya no tiene poder sobre los derechos políticos de los elegidos popularmente.
"La Procuraduría sigue ejerciendo la función disciplinaria frente a los servidores públicos de elección popular, pero perdió la facultad de interferir el mandato, como los derechos políticos, de quienes se encuentren en ejercicio de un cargo de elección popular o de quienes en la contienda electoral resultan electos", dijo Cabello en un informe entregado en el mes de julio.
Pero también expuso la dificultad que existe en Colombia por la postura que ha asumido la Sección Segunda del Consejo de Estado al tumbar, desde hace un año, numerosos fallos disciplinarios contra funcionarios de elección popular.
Corte Interamericana preguntó por las sanciones que ha impuesto la Procuraduría desde el fallo Petro Urrego Vs. Colombia
Durante la audiencia privada, el juez de la Corte IDH Ricardo Pérez Manrique le pidió información a la procuradora sobre las sanciones disciplinarias que ha impuesto su organismo contra los elegidos popularmente, con posterioridad de la condena contra el Estado colombiano por el caso Petro Urrego Vs. Colombia.
Juez Ricardo Pérez Manrique, expresidente de la Corte IDH. Foto:Corte IDH
Explicó Cabello que la Procuraduría ha impuesto 545 sanciones con posterioridad de la sentencia, dictada el 8 de julio de 2020. (La información tiene corte al 15 de julio de 2024).
Cabello dividió las sanciones en tres momentos. En el primero se registran 185 casos. Comprende el periodo desde la notificación del fallo de la Corte IDH hasta la aprobación en el Congreso de la Ley 2094 de 2021, que le otorgó facultades de juez a la Procuraduría.
El segundo momento registra 70 sanciones e inicia desde junio de 2021 hasta el día en que se conoció la sentencia C030 de la Corte Constitucional, en la que la Corte tumbó las facultades de juez otorgadas a la Procuraduría, ratificó sus facultades sancionatorias y encargó al Consejo de Estado para efectuar una revisión automática de sus fallos.
Y hay un tercer momento, que va hasta el 15 de julio de 2024, en el que se impusieron otras 290 sanciones disciplinarias con las nuevas reglas del fallo de la Corte Constitucional.
Parte del reporte entregado por la procuradora Margarita Cabello a la Corte IDH. Foto:Procuraduría
"Las actuaciones finalizadas en lo que ha corrido del año 2024 por parte de la Procuraduría General de la Nación, tienen como destinatarios funcionarios que no están en ejercicio de un cargo de elección popular, la mayoría de esas actuaciones se refieren a servidores que terminaron su mandato el 31 de diciembre de 2023 o en períodos anteriores, por lo que la decisión de la Procuraduría no está interfiriendo el mandato de los electores", indicó Cabello, puntualizando que desde que se notificó el fallo de la Corte IDH no se ha interferido el mandato de ningún político.
Lo que dijo la procuradora sobre la Sección Segunda del Consejo de Estado
La procuradora le contó a la Corte IDH que la Sección Segunda del Consejo de Estado ha tumbado numerosas sanciones disciplinarias de su entidad, aplicando de manera retroactiva el fallo Petro Urrego Vs. Colombia con el argumento del control de convencionalidad.
"La Sección Segunda del Consejo de Estado, sección encargada de dirimir los conflictos entre el Estado y sus servidores, desde junio de 2023, desconociendo el precedente de la Corte Constitucional, viene declarando la nulidad y el restablecimiento de derechos en los casos en donde la Procuraduría General de la Nación con anterioridad a la sentencia de la CorteIDH, impuso sanción de destitución o suspensión y las inhabilidades consecuentes", expuso Cabello.
El caso más emblemático que tumbó la Sección Segunda es la destitución, por 20 años, del exsenador parapolítico Juan Carlos Martínez Sinisterra, sancionado en 2014 por sus nexos con las Autodefensas Unidas de Colombia.
Para junio de 2023, la Sección Segunda del Consejo de Estado tenía 91 procesos sobre sanciones de la Procuraduría. Para julio de 2024 ya había tumbado 31 de esos casos, indicando que esos fallos incumplen con la Convención Americana.
Según la procuradora Cabello, el 98% de los casos que ha tumbado la Sección presidida por Juan Enrique Bedoya Escobar están relacionados con "corrupción y transparencia".
Cabello aseguró que los jueces penales están asumiendo los casos que tumba el Consejo de Estado
La procuradora también le aseguró a la Corte IDH que los jueces penales están asumiendo los casos que ha venido tumbando el Consejo de Estado.
"Es importante destacar que, después de la decisión del Consejo de Estado anulando la sanción por inconvencionalidad, la justicia penal ha vuelto sobre los casos para no dejarlos en la impunidad", expresó.
Puso como ejemplo el caso del exsenador Eduardo Carlos Merlano, el del caso de 'Usted no sabe quién soy yo', a quien le tumbaron su destitución por 10 años (aunque la sanción actualmente está vigente porque la Corte Constitucional intervino). Pues bien, la procuradora le expresó a la Corte que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, juez penal, acusó a Merlano por los mismos hechos.
Eduardo Merlano -Procuraduría Foto:Archivo EL TIEMPO
También citó una condena de la Sala de Primera Instancia de la Corte contra el exgobernador del Valle Juan Carlos Abadía, a quien también le tumbaron su destitución de 10 años (que fue restaurada por orden de la Corte Constitucional); y el caso de la exgobernadora del Huila Cielo González Villa, a quien le tumbaron una inhabilidad de 3 años.