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Los argumentos clave de la tutela que puso el presidente Petro para tumbar todo su proceso en el CNE
El documento, que consta de 44 páginas, está bajo análisis del magistrado Jorge Edison Portocarrero.
Presidente Gustavo Petro. Foto: Alexa Rochi. Presidencia - Claudia Rubio. EL TIEMPO
Una de las últimas cartas que en el país tiene la defensa del presidente Gustavo Petro para tumbar la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de formularle cargos por supuesta vulneración de topes electorales en su campaña, es una tutela que presentó su abogado Héctor Carvajal ante el Consejo de Estado.
El documento, que consta de 44 páginas, está bajo análisis del magistrado Jorge Edison Portocarrero, quien tendrá que tomar una decisión que incluye varios argumentos de cara a las facultades del CNE para procesar istrativamente a un jefe de Estado, situación que abrió un debate de índole político y judicial en el que Petro ha dicho que tales facultades atentan contra su fuero, y que ello le abre paso a un supuesto golpe de Estado en su contra.
EL TIEMPO conoció la tutela que presentó Carvajal, quien indicó que dadas las condiciones, no hay otro mecanismo eficaz para que salga a su favor este caso en el que se alegan vulneraciones a derechos fundamentales como el debido proceso, el juez natural, el fuero especial y el precedente constitucional de sentencias como la C-115 de 2005 y la SU-431 de 2015.
El presidente Petro, el abogado Héctor Carvajal y Ricardo Roa, exgerente de la campaña Petro. Foto:EL TIEMPO/ Archivo Particular
La defensa se centra en la caducidad que supuestamente debe declararse en el expediente, pues para Carvajal la denuncia anónima sobre supuestas irregularidades en la campaña presidencial de 2022 llegó más de seis meses después a lo permitido, que según sus cuentas es de 30 días. De ahí en adelante, dice, el proceso no está llamado a prosperar, así como tampoco el pliego de cargos que se abrió en el CNE.
En estricto sentido, el defensor se dirigió a que se desestime la decisión del 6 de agosto pasado de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, que ratificó la competencia del CNE para investigar la campaña de Gustavo Petro. Para él, con ese "pronunciamiento incurrió en diferentes defectos que constituyen abierta violación de los derechos fundamentales del aquí accionante y que solicitamos sean amparados por esta corporación".
La defensa del Presidente ya interpuso una tutela ante el Consejo de Estado por la caducidad del caso sobre el que acaba de decidir abrirle investigación el CNE. Foto:Archivo El Tiempo
Pero la tutela recopila no solo la postura de Carvajal sino varios de los documentos de este caso que en el CNE tiene a Álvaro Hernán Prada y Benjamín Ortiz como magistrados ponentes.
Los argumentos
Tal y como se lo dijo el abogado Héctor Carvajal a EL TIEMPO, en la tutela se lee que la Sala de Consulta, para ellos, "habilitó una competencia que ni la Constitución ni la ley, ni el precedente constitucional le otorgan al CNE, sino al Congreso". Y de hecho, hizo referencia a un proceso en el que se discutía quién debía indagar la responsabilidad fiscal del fiscal General de la Nación, en el cual se llegó a la conclusión que por tratarse de una persona con fuero, el artículo 178 de la Constitución hablaba que debía ir ante el Congreso.
De hecho, para la defensa, la entidad a la que le correspondería indagar por un supuesto detrimento patrimonial de la campaña es a la Contraloría General de la República, que sí puede entrar a operar después de los 30 días a la elección del primer mandatario.
Además, en el documento radicado se lee que la Sala de Consulta ordenó seguir adelante con la investigación istrativa en el CNE cuando no tenía funciones para ello, lo que "configura una clara y palpable violación del debido proceso. Lo que correspondía hacer era inhibirse de resolver por falta de competencia", con base en la sentencia de unificación 431 de 2015.
Pero la carta fuerte de Carvajal es que las denuncias de supuesta violación de topes electorales en la campaña ya caducaron, pues se presentaron cuando habían transcurrido más de 30 días desde la elección del Presidente, algo que va en contravía -para la defensa- de la sentencia C-1153 de 2005.
"En virtud de los anteriores razonamientos, de orden jurídico, es que resulta trascendental la intervención del Consejo de Estado, como corporación de carácter constitucional, competente para conocer de la presente solicitud de amparo, por tratarse de actuaciones que ponen en peligro la estabilidad institucional de la Nación", concluye la defensa.
Como pruebas, Héctor Carvajal le solicitó al magistrado tener en cuenta documentos como la decisión de la Sala de Consulta, los actos istrativos de aprobación de las cuentas de campaña y las denuncias de los 30 días después a la posesión presidencial.
Según el abogado, si la tutela no prospera a su favor, van a impugnar y llevar el tema a la Corte Constitucional, para que sea esta corporación la que tome la determinación final a nivel nacional, pues están a la espera de ser notificados del pliego de cargos del CNE para tomar medidas en el ámbito internacional.