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Noticia
Procuraduría sancionó a exdirectora del Buen Pastor por fuga de Aida Merlano
De igual forma, la medida cobija a tres funcionarios del Inpec.
La exsenadora llegó en un vuelo charter enviado por el presidente Nicolás maduro Foto: Migración Colombia/ César Melgarejo- EL TIEMPO
La Procuraduría General informó que sancionó con destitución e inhabilidad general por 8 años a Katherine Lozano Forero, la exsubdirectora de la cárcel de mujeres de Bogotá, El Buen Pastor, por facilitar la fuga de la interna Aida Merlano Robledo.
El Ministerio Público señaló a través de un comunicado de prensa que por los mismos hechos también disciplinó por 8 años alcomandante de Custodia y Vigilancia, David Alexander Álvarez Cárdenas; a la teniente en prisiones, Diana Cecilia Muñoz Miguez; y al dragoneante, Luis Alejandro Ballesteros Rincón, con suspensión de 3 meses.
De esta manera, el ente de control corroboró que Lozano Forero, mientras fungía como directora encargada, aprobó los documentos judiciales para el traslado de la condenada a un consultorio médico en las fechas de 26 de septiembre y 01 de octubre de 2019.
La Procuraduría verificó que el comandante, mientras se encontraba en su periodo de vacaciones, suscribió la remisión médica de la privada de la libertad al centro odontológico Clínica de la Sabana en Bogotá; sin las medidas de seguridad necesarias para realizar los respectivos movimientos.
Aida Merlano. Foto:César Melgarejo / EL TIEMPO
Los escenarios
En esa línea, indicó la Procuraduría que Muñoz Miguez entregó las boletas hospitalarias y la orden judicial para la salida del centro de reclusión de Merlano Robledo, con el objeto de la realización de un procedimiento estético dental.
Asimismo, el organismo de control ratificó que Ballesteros Rincón permitió que la procesada tuviera interacción con sus hijos Aida Victoria y Esteban, mientras su permanencia en el centro hospitalario; lo que llevo consecuentemente a huir del lugar.
La Procuraduría señaló que en su decisión "los disciplinados vulneraron los principios de moralidad, responsabilidad, transparencia y eficacia que esta establecido en la ley para cumplimiento de los servidores públicos"
Finalmente, la Procuraduría Distrital de Juzgamiento calificó las faltas del comandante y de la teniente como gravísima, a título de dolo; de la subdirectora como gravísima, a título de culpa gravísima; y al dragoneante como grave, a título de culpa.