Son múltiples las situaciones por las que una persona necesita que alguien más se encargue de algunos procesos, trámites o gestiones que no puede realizar personalmente.
Para estos casos existe una figura contractual, conocida como mandato, a través de la cual puede otorgarle un poder a un tercero.
Se trata de un documento mediante el cual se autoriza a otra persona para que realice, por cuenta y riesgo de la primera, la gestión de ciertas actividades, procesos, negocios o trámites (generalmente se trata de actos jurídicos, es decir aquellos crean, modifican o extinguen derechos).
Quien otorga el poder se llama poderdante y quien lo acepta o recibe apoderado. Para adelantar este trámite, usted puede acercarse a una notaría. Si bien no es necesario un abogado, sí existen algunos costos para llevarlo a cabo.
Los pasos para otorgar un poder
De acuerdo con la herramienta estatal
Legal App, existen tres elementos clave a la hora de realizar este trámite.
1. Para elaborar un poder usted deberá hacer un documento donde se exprese lo siguiente:
• La identificación (nombre y cédula) de las personas que realizan el poder, esto es poderdante (quien lo otorga) apoderado (quien recibe y acepta la autorización o representación).
• Facultades que se le otorga (la o las actividades, procesos, trámites, gestiones o negocios que va a realizar) ejemplo: cobros, pagos, istración de bienes.
• Fecha en la cual se otorga.
• Se recomienda consignar en el documento, la advertencia de que el mismo se entenderá vigente mientras no sea revocado expresamente por quien lo otorga o cuando se presenten las causales que la ley establece para su terminación.
2. El poder puede ser especial o general, esto es:
• Especial: si comprende uno o más negocios especialmente determinados (es decir se constituye para realizar ciertas actividades que deben especificarse claramente).
• General: cuando se otorga para realizar todos los negocios del poderdante (quien da la autorización).
3. Una vez realice el documento debe acudir ante la notaría más cercana a su municipio con el fin de elevarlo a escritura pública (documento en el que se hace constar ante un notario público un determinado hecho o un derecho).