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¿Qué se debe hacer cuando un niño desaparece? Le contamos los mecanismos disponibles
No espere 24 horas para denunciar. Las primeras horas son cruciales para la investigación.
Niños desaparecidos en Colombia (Ilustrativa) Foto: Archivo EL TIEMPO
Cuando desaparece un familiar existen diferentes creencias sobre cómo actuar al respecto. Una de las más comunes es el mito de tener que esperar 24, 48 o 72 horas para poder reportar el caso.
Le contamos cuáles son las medidas y mecanismos que puede activar si su hijo o hija está desaparecido o perdido.
Según el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en su último reporte, que se ubica entre enero y mayo de 2023, se reportaron 319 niños, niñas y adolescentes desaparecidos en Bogotá.
De acuerdo con la entidad, se habla de 28 niños y niñas entre los 0 a 9 años de edad, 139 niños y niñas de 10 a 14 años, y 152 adolescentes de 15 a 17 años, siendo las localidades más afectadas Ciudad Bolívar, Bosa y Kennedy.
Estos casos son, lamentablemente, comunes en la capital y en el país. Por ello, es necesario que los padres y familiares tengan conocimiento de cómo actuar en caso de que un menor de edad desaparezca. Es primordial que se actúe de forma rápida.
Según el Ministerio de Justicia de Colombia, los primeros pasos a llevar a cabo son informar a la Policía Nacional, Cuerpo Técnico de Investigación o Fiscalía General de la Nación con el fin de que se inicien las labores de búsqueda y verificación.
Tenga presente que una denuncia de desaparición puede ponerla cualquier persona, ya que impacta directamente los derechos humanos fundamentales.
Sin embargo, conforme se lee en la página web InfoPalante, es preferible que el proceso lo inicien familiares consanguíneos de primer grado (padres, madres, hijos e hijas); de segundo grado (hermanos, abuelos, nietos) o civiles cercanos a la víctima que se encuentren en Colombia, cuando la persona desaparecida sea de otro país.
Se debe destacar que, si en las estaciones no se atiende la solicitud de búsqueda, también puede dar aviso al Instituto Nacional de Medicina Legal y a las clínicas u hospitales.
Dichas instituciones deberán “buscar en bases de datos, dar aviso a otras instituciones, investigar o entrevistar a las personas que puedan tener información relativa a la desaparición”, según explica el Ministerio antes mencionado.
Búsqueda de personas desaparecidas en Medellín Foto:Alcaldía de Medellín
De acuerdo con la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, no existe un límite o plazo establecido de horas por la ley para presumir la desaparición. Las autoridades tienen la responsabilidad de practicar las solicitudes en cualquier momento.
Al momento de reportar la desaparición deberá diligenciar elformato nacional para la 'Búsqueda de Personas Desaparecidas', este documento se distribuye automáticamente ante cualquiera de las entidades señaladas con un número de registro nacional de desaparecidos (RND).
¿Qué hacer si un familiar está desaparecido en Colombia?
La Fiscalía General de la Nación tiene a disposición de la ciudadanía el Mecanismo de Búsqueda Urgente, MBU, contemplado en la Ley 971 del 2005, el cual es una herramienta que se activa para ubicar a las personas desaparecidas.
Su objetivo es hacer que las autoridades judiciales ordenen de forma inmediata todas las diligencias necesarias para la localización de la persona, en caso de sospechar que la desaparición fue forzada en el marco del conflicto armado del país.
Para iniciar con este proceso es necesario brindar toda la información posible sobre la persona para la efectividad de la búsqueda, como sus rasgos físicos, marcas, cicatrices, tatuajes, descripción de la ropa que llevaba puesta al momento de la desaparición, entre otros datos.
De igual forma, se debe presentar su documento de identificación donde se visualice el nombre completo, RH, fecha de nacimiento y nacionalidad.
Desaparecidos en Comuna 13 de Medellín (Ilustrativa) Foto:Jaiver Nieto Álvarez /ETCE
Tan pronto se active el mecanismo, los familiares tendrán derecho a estar informados de las diligencias realizadas para la búsqueda; escoger el funcionario que tramitará el mecanismo y solicitar el cambio del funcionario judicial de ser necesario.
El MBU es una acción tutelar y se puede activar de manera verbal o escrita ante un juez o un fiscal. Tenga presente que este mecanismo dura activo dos meses y puede ser reactivado cada vez que se cuente con nueva información.
De acuerdo con información de la Fiscalía, cuando se logre encontrar al desaparecido o desaparecida, “la liberación deberá producirse en presencia de un familiar, del agente del Ministerio Público o del representante legal de la víctima. Cuando la persona sea hallada sin vida, se adoptarán todas las medidas necesarias para la entrega del cadáver a los familiares”.