Si usted está felizmente casado con una persona que es ciudadana, o residente estadounidense, y está interesado en irse a vivir el sueño americano en este país, debe seguir una serie de pasos para asegurar una estadía adecuada bajo los prefectos legales.
En este artículo le explicamos todo lo que debe saber, así como la documentación necesaria para aplicar a la ansiada 'green card' de Estados Unidos.
Los pasos a seguir son distintos dependiendo la situación de usted y de su pareja. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos define de manera clara qué pasos debe seguir para cada caso.
¿Qué hace si su cónyuge es ciudadano estadounidense?
Existen dos situaciones si su cónyuge es un ciudadano de los Estados Unidos.
Primero, si usted reside actualmente en el país, bien sea mediante ingreso legal o con un permiso anticipado de viaje, deberá diligenciar el Formulario I-130 de Petición para un pariente extranjero, así como el Formulario I-485 de Solicitud de residencia permanente o ajuste de estatus.
Ambos documentos deberán ser presentados a la misma vez a las autoridades de Servicio de Ciudadanía e inmigración.
Si usted se encuentra actualmente fuera de los Estados Unidos, sólo deberá presentar el Formulario I-130 y una vez esté aprobado, será enviado para tramitación en el Consulado, el cual le dará la información sobre el proceso.
¿Qué debo hacer si mi pareja es residente permantente?
Para este proceso los documentos a entregar son distintos, y nuevamente son diferentes dependiendo si usted se encuentra o no actualmente en Estados Unidos.
Si usted no se encuentra en el país, deberá enviar el Formulario I-130.
Cuando este sea aprobado y haya una visa disponible, será enviado para su tramitación en el consulado y la Embajada de los EE.UU. o el consulado o embajada correspondiente le proporcionará avisos conforme evolucione la solicitud.
Si por el contrario, usted se encuentra residiendo actualmente en Estados Undos, debe tramitar el Formulario I-130. Cuando haya un número de visa disponible, solicite un ajuste de su estatus al de residente permanente utilizando el Formulario I-485.
En caso tal de que usted o algún familiar sea un miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, usted también es beneficiario para aplicar a algunas condiciones especiales. Por lo que le recomendamos consultar en la página oficial de Servicio de Ciudadanía e inmigración de Estados Unidos.
¿Qué documentos debo alistar?
Los documentos requeridos para completar los formularios son:
-Formulario I-130 incluyendo:
Firma, pago de la tarifa correspondiente, copia de su acta de matrimonio civil, copia de todo documento que compruebe que los matrimonios anteriores celebrados por usted y/o su cónyuge fueron terminados, fotos tipo pasaporte, suyas y de su cónyuge, si usted o su pareja se cambiaron de nombre, adjuntar toda documentación que lo pruebe.
- Si usted es ciudadano estadounidense, debe comprobar su estatus con alguno de los siguientes:
Copia de su pasaporte, de su certificado de nacimiento, del Informe consular sobre nacimiento en el extranjero, del certificado de naturalización, o el de ciudadanía.
- Si usted es un residente permanente, debe comprobar su estatus con:
Copia (frente y dorso) del Formulario I-551 (Tarjeta de residente permanente) O copia de su pasaporte extranjero portando un sello que sirva para verificar de forma provisional su residencia permanente en Estados Unidos.
Plazos que debe tener en cuenta
Si usted ha estado casado por menos de 2 años cuando se le otorga estatus de residente permanente, entonces usted recibirá un estados condicional de residente permanente.
En caso de que su solicitud haya sido negada, en la carta de negación de residencia se especificarán los detalles sobre cómo y cuándo podrá apelar a la decisión.
Si quiere levantar las condiciones de la residencia, usted y su pareja deben solicitarlo juntos, usando el Formulario I-751 de petición para Cancelar las Condiciones de Residencia.
Usted debe solicitar que se levante el estatus condicional dentro del período de 90 días antes de que expire la tarjeta condicional de residente. De lo contrario, podía ser expulsado del país.
REDACCIÓN INTERNACIONAL
EL TIEMPO