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Noticia
Los cambios en esta visa que debe conocer si quiere traer a su familia a Estados Unidos
Si no pone atención a los cambios, su proceso podría ser rechazado.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración anunció actualizaciones. Foto: iStock
Una de las ventajas de obtener un estatus legal en Estados Unidos, por ejemplo la residencia permanente o el asilo, es que posteriormente las autoridades brindan la oportunidad de apoyar a familiares directos a realizar su propio trámite y que puedan reunirse en el país norteamericano. Sin embargo, se han anunciado algunos cambios con respecto a esa posibilidad.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés), dio a conocer la actualización de las Guías para Visas de Inmigrante Basadas en la Familia que incluye cambios en la manera en la que manejan la corrección de errores en las notificaciones de aprobación, las solicitudes de procesamiento consular o el ajuste de estatus en nombre del beneficiario.
Con base en dicha información, han cambiado algunos detalles relacionados con el formulario I-130, o Petición de familiar extranjero. Asimismo, aunque en menor medida, también hay actualizaciones en el formulario I-360, o Petición de amerasiático, viudo o inmigrante especial.
Por ejemplo, ahora quien presente un formulario I-130 deberá informar a Uscis la dirección actual del beneficiario y si este desea un procesamiento consular a través del Centro Nacional de Visas o el Departamento de Estados, esto si el interesado reside en el extranjero. En caso de ya encontrarse en Estados Unidos, entonces el trámite corresponderá a un ajuste de estatus.
La importancia de incluir esta información, de acuerdo con las autoridades, es poder entregar una respuesta más rápida a la solicitud. De no informar ese dato, Uscis podría retener su petición y entonces deberá presentar el formulario I-824, o Solicitud de acción sobre una solicitud o petición aprobada, lo que implicaría, además, pagar otra tarifa.
Con base en lo anterior es que la dependencia decidió llevar a cabo una actualización de sus guías, explicando claramente cómo es que los interesados pueden ponerse en comunicación con Uscis para corregir un error o actualizar información, siempre y cuando su trámite esté como pendiente o aprobado. Asimismo, en la guía también se dejó claro cuál es el proceso y las razones para tomar la decisión de aprobar o no una petición de inmigrante basada en la familia.
La reunión familiar es posible si se sigue el trámite adecuado. Foto:iStock
Uscis advierte: si no hace la petición correcta, su trámite no será considerado
Uno de los cambios más importantes anunciados en la actualización de las Guías para Visas de Inmigrante Basadas en la Familia es que ahora será responsabilidad de los solicitantes definir claramente si lo que necesitan es un trámite consular o un ajuste de estatus.
Anteriormente no era obligatorio especificar cuál era el tipo de trámite que se solicitaba para una visa de inmigrante para un familiar. Sin embargo, ahora es necesario para que el proceso se agilice.
La gran diferencia entre una y otra reside en si su familiar se encuentra en Estados Unidos o en el extranjero. Si lo que quiere es que el beneficiario ingrese a Estados Unidos con una visa de inmigrante, entonces el proceso a llevar a cabo es conocido como trámite consular. Si, por el contrario, la persona de su familia ya se encuentra en territorio norteamericano, entonces tiene que realizar un ajuste de estatus.
Considere que de no especificar esta información Uscis podría clasificar su caso de una manera inadecuada y, por lo tanto, terminar negándoselo.