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Los caminos que le quedan a Mancuso para evadir su envío a Colombia

EE. UU. le dejó abierta 2 vias para quedarse en ese país. Defensa apelará la deportación a Colombia.

Salvatore Mancuso

Salvatore Mancuso Foto: Luis Benavides / EFE -Archivo

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Si bien la decisión de Estados Unidos de frenar la deportación de Salvatore Mancuso a Italia, invocando la seguridad nacional, evitó un desenlace que dejaba muy mal parado al Gobierno colombiano, quedó abierta la puerta para un nuevo drama judicial que podría tardar meses.
Tal como lo reveló EL TIEMPO, en la notificación a Mancuso se le concede apelar la decisión si considera que su envío al país lo pondría en riesgo. Y, en particular, habla de dos vías que podrían ser exploradas por sus abogados defensores.
La primera es el Acto de Inmigración y Nacionalización, que establece que una persona puede quedarse en Estados Unidos si el Fiscal determina que su vida o su libertad se vería amenazada por razones de raza, religión, afiliación a un grupo social u opinión política.
La segunda es la Convención contra la Tortura, tratado internacional que Estados Unidos incorporó a su legislación y que ofrece protección a una persona si logra demostrar que de regresar a su país de origen correría el riesgo de ser torturada o padecer otros tratos crueles e inhumanos.

Las posibilidades

Es un procedimiento similar al que se emplea para los casos de asilo o refugiado y se suele resolver en las cortes migratorias. Ambos caminos son viables pero complicados dado que en las dos situaciones, la carga probatoria recae en el peticionario.
Además, desde que llegó Donald Trump a la presidencia, esos vehículos se han restringido de manera considerable. Por eso, su resolución podría extenderse por varios meses más.
En el primer caso, con el Acto de Inmigración y Naturalización, el peso de la decisión recae en el Fiscal General. En este caso, William Barr, un aliado de Trump.
El mismo acto le otorga una gran cantidad de opciones para negar la apelación y que se acomodan al caso de Mancuso.
Por ejemplo, podría oponerse si determina que el sindicado “ordenó, incitó o asistió en la persecución contra otra persona basado en su religión, raza, nacionalidad o pertenencia a un grupo social”.
Algo que sin duda se podría alegar sobre Mancuso. También podría negarse si considera que el extranjero cometió “un serio crimen no político antes de llegar a EE. UU.” o si se cree que puede ser un peligro para la seguridad de Estados Unidos.
Más aún si EE. UU. ya tomó la decisión política de enviarlo al país ya que en buena medida la aplicación del acto puede ser subjetiva. La vía de la Convención contra la Tortura es más factible porque la determinan jueces migratorios que no están atados al estamento político. Aun así, estos deben interpretar la legislación y acomodarse al gobierno de turno.
En este caso, Trump ha firmado órdenes ejecutivas que han elevado los estándares para reclamar estatus de asilo y refugio, y ha limitado de manera severa los cupos. Los fiscales, en este caso, tendrían que demostrarle que Barr ha usado el poder que le otorga el Acto de Inmigración y Naturalización para frenar su deportación por razones de seguridad nacional.
La decisión tomada también busca ganar tiempo mientras prospera la última solicitud de extradición que presentó Colombia. Si un juez la concede, Mancuso podría regresar al país por esta vía.
SERGIO GÓMEZ MASERI
Corresponsal de EL TIEMPO
Washington
En Twitter: @sergom68

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