Dado que se trata de una figura pública de amplio reconocimiento, la decisión de la Corte Suprema de dejar en pie la condena a cinco años y tres meses de prisión impuesta por el Tribunal de Bogotá a Daneidy Barrera, Epa Colombia, ha generado un intenso debate.
La pena que deberá cumplir Barrera en reclusión intramural es consecuencia del video que ella misma grabó y en el que se mostraba vandalizando un bien público, la estación Molinos de TransMilenio, en el marco de las movilizaciones y protestas sociales de noviembre de 2019.
Es verdad que el castigo es duro. Y vale la discusión si resulta aun más severo a la luz de la suerte que otras personas que han infringido la ley han corrido ante los tribunales. También es bienvenido el debate sobre los modelos de justicia y escuchar a quienes sugieren que en casos como este la justicia restaurativa puede ser el camino.
Pero lo anterior es en un terreno hipotético. En lo concreto, en lo real, lo cierto es que Barrera no solo violó la ley sino que incitó a ello desde su lugar de influenciadora, con miles de seguidores. En el actual marco jurídico, la pena tiene también una función disuasoria. El proceder de Barrera tuvo un eco colosal y el ejemplo que entonces dio –y del cual, valga decirlo, después se arrepintió, aunque no ha resarcido económicamente a TransMilenio– está en las antípodas de lo que se espera de una persona con tal nivel de reconocimiento. Ahora deberá enfrentarse a un tiempo de reclusión en el que, ojalá, pueda tener a todos los programas y herramientas que el Estado ofrece para las privadas de la libertad, así como de las opciones para redimir pena por trabajo y/o estudio.
Y es de esperarse que esta decisión judicial tenga un impacto importante y aleccionador en sectores que, como ya se decía en estas páginas en días pasados, consideran que "salir a romper" es un derecho.