Este martes 16 de noviembre, el proyecto planteado por el congresista Juan Fernando Reyes Kuri para regular la eutanasia en el país se hundió nuevamente en el segundo debate de la Cámara de Representantes.
Dicha iniciativa se archivó después de que la votación quedara 65 votos a favor y 78 en contra, lo que quiere decir que no logró los 85 votos que se necesitaban para que pasara a tercer debate en Comisión Primera de Senado.
"Si somos demócratas, si de verdad respetamos las instituciones, debemos respetar los pronunciamientos de la Corte Constitucional cuando dijo que la eutanasia es un derecho", aseguró Reyes Kuri en su intervención en la Plenaria.
"Víctor en Cali y Martha en Antioquia no han podido acceder a la eutanasia por tanta inseguridad jurídica, es necesario regularla. ¿Quién dijo que es fácil decidir morir dignamente?, es la decisión más difícil de la vida y si alguien la toma debemos respetar su decisión", agregó el representante.
Por otro lado, Buenaventura León, quien se opone a la iniciativa, dijo: "La práctica de la eutanasia constituye una seria ofensa contra la dignidad de la persona y fomenta la corrosión de valores fundamentales en un orden social. Sería muy peligroso para los más frágiles. La Ley se hace es para proteger la vida".
Este proyecto buscaba reglamentar la muerte digna en Colombia, derecho creado en 1997 el cual, hasta hace unas semanas, solo era permitido para pacientes con enfermedades terminales.
Sin embargo, a finales de octubre, la Corte Constitucional amplió el a la eutanasia para pacientes que no sean terminales, pero tengan "un intenso sufrimiento físico o psíquico proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable".
¿En qué consistía el proyecto?
De acuerdo con un comunicado de la Cámara de Representantes, el proyecto creado por Reyes Kuri planteaba que quienes deseaban acceder a la eutanasia debían cumplir los siguientes requisitos:
-Ser mayor de 18 años de edad.
- Presentar una enfermedad terminal o enfermedad incurable avanzada, en los términos de la presente ley.
- Presentar un sufrimiento causado por la enfermedad que padece.
- Capacidad y competencia mental para expresar el consentimiento libre, inequívoco e informado.
- Únicamente un profesional de la medicina podrá realizar el procedimiento.
Estaban excluidos de la aplicación de la norma los menores de edad.
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