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Los detalles de la aprobación de la reforma política del Gobierno: así cambiaría la elección de los magistrados del CNE

Cuatro artículos fueron aprobados como vienen en la ponencia y cinco más con proposiciones avaladas. El acto legislativo pasará a ser discutido en la plenaria.

En la Comisión primera de la Cámara de Representantes fue aprobada la reforma política.

En la Comisión primera de la Cámara de Representantes fue aprobada la reforma política. Foto: Ministerio del Interior

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La Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó en el primero de ocho debates la reforma política que radicó el gobierno del presidente Gustavo Petro hace un mes.
El paso a seguir es que el acto legislativo será discutido en su segundo ‘round’ en la plenaria tras obtener el visto bueno de las mayorías en la célula legislativa.
“Un paso clave para fortalecer la transparencia y consolidar una democracia que responda a las necesidades de todos los colombianos”, aseveró el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo.

¿Qué se aprobó?

Esta iniciativa plantea algunos puntos sensibles dentro de los que se destaca la financiación 100 por ciento estatal de las campañas, la obligatoriedad de las listas cerradas paritarias desde el 2030 y la modificación en la elección de los magistrados del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Sin embargo, algunos se preguntan qué tanto quedó de la propuesta inicial planteada por el Gobierno.
Durante la discusión, que se llevó a cabo este lunes 21 de octubre, se aprobaron nueve artículos: cuatro como vienen en la ponencia y cinco con proposiciones avaladas.
Por ejemplo, avanzó un artículo que establece que no podrán ser congresistas quienes estén vinculados entre sí por matrimonio, o unión permanente, o parentesco dentro del tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad, y se inscriban por el mismo partido o movimiento para elección de cargos, o de de corporaciones públicas que deban realizarse en la misma fecha. En otras palabras, se busca que si un congresista, diputado o concejal tiene un hermano en la misma corporación, este no podrá ser del mismo partido político.
Además, se aprobó una adición al artículo 265A a la Constitución Política. La idea es incluir que “los funcionarios del Consejo Nacional Electoral estará conformado por servidores públicos de carrera istrativa especial y su ingreso se efectuará exclusivamente por concurso de méritos, sin perjuicio del sistema de retiro flexible por necesidades del servicio”.

La ‘transformación’ del CNE

CNE

CNE Foto:EL TIEMPO

Uno de los puntos más sensibles de la iniciativa es la modificación de los magistrados del CNE, pues se da en medio del proceso que adelanta el tribunal electoral contra la campaña del presidente Gustavo Petro.
Este artículo fue uno de los aprobados como viene en la ponencia. Se trata del número seis que busca modificar el artículo 264 de la Constitución el cual señala que: “el Consejo Nacional Electoral gozará de autonomía presupuestal, istrativa, financiera y organizativa, y se regirá por principios de autonomía e independencia, neutralidad, máxima publicidad, transparencia y equidad de género. Estará integrado por nueve magistrados para períodos institucionales de seis años”.
Sobre la elección de los magistrados sigue en pie que se realizará por parte del Congreso por mayoría absoluta, de nueve ternas de elegibles.
Sin embargo, el cambio que proponen es que esas ternas serán “conformadas por convocatoria pública con base en lo dispuesto en el artículo 126 de la Constitución”.
Además, establecen dos parágrafos transitorios en los cuales establecen que el proceso de concurso y selección dispuesto en este artículo se aplicará para la conformación del CNE cuyo periodo inicia en el año 2026.
“El Gobierno nacional o los del Congreso presentarán, antes del 1° de agosto de 2025, un Proyecto de Ley que desarrolle las convocatorias públicas de este artículo. El proyecto tendrá mensaje de urgencia y sesiones conjuntas y podrá ser objeto de mensaje de insistencia si fuere necesario”, se lee en el parágrafo transitorio dos.
Roy Barreras pidió sesiones extraordinarias pues prevé que proyectos claves no tendrán sus últimos debates

La discusión seguirá en la plenaria de la Cámara de Representantes.  Foto:César Melgarejo. EL TIEMPO

Las modificaciones siguen en el artículo 7, que fue aprobado con proposiciones avaladas y que pretende modificar el artículo 265 de la Constitución el cuál dice que el CNE regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden.
Asimismo, establece las facultades que tendrá el CNE dentro de las cuales cambiaron:
-Ejercer la suprema inspección, vigilancia y control de la organización electoral, así como de los procesos electorales en condiciones de inspección vigilancia y plenas garantías.
-Adelantar medidas para garantizar la colaboración armónica entre entidades encargadas de la investigación istrativa y penal sobre el control de financiación de campañas electorales.
A la modificación de se suma la propuesta de las listas cerradas que se realizarán con elecciones primarias y “se contabilizarán de forma independiente las votaciones entre candidatos hombres y mujeres, con la finalidad de garantizar la alternancia y paridad en la conformación de las listas”.
Otro de los temas claves, proponen que las campañas electorales sean financiadas por el Estado y para la discusión en la plenaria plantean proponer incluir el voto obligatorio.
Esta es la segunda reforma política que presenta el Gobierno. La primera se hundió a inicios del 2023 por micos como el que garantizaba la reelección del actual Congreso.
MARÍA ALEJANDRA GONZÁLEZ DUARTE
Redacción Política

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