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Noticia
¿Nuevo choque entre Gobierno y Registraduría? SIC imputa cargos contra funcionarios de la entidad por presuntamente desatender requerimientos en visita
La imputación fue contra nueve funcionarios. Estos son los argumentos de la entidad.
Superintendencia de Industria y Comercio. Foto: Archivo particular
Tras siete meses de la polémica visita de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) a las instalaciones de la Registraduría y de Thomas Greg para recolectar pruebas de un posible irrespeto a la libre competencia en el polémico contrato de pasaportes, la entidad imputó cargos contra funcionarios.
La SIC aseguró que se trata de las visitas istrativas de inspección de los días 12, 13, 14, 15, 18, 20 y 22 en donde al parecer funcionarios de la Registraduría se negaron a que se llevaran computadores y correos, bajo el argumento de que la SIC no ejerce control sobre la jurisdicción electoral que goza de independencia.
Esta es la sede de Thomas Greg en Colombia. Foto:Archivo particular
"En el marco de estas visitas de inspección, la Superintendencia se encuentra facultada para decretar y practicar pruebas y, en general, para recaudar toda la información conducente que permita la verificación del cumplimiento de las normas del régimen de libre competencia económica en el mercado colombiano. Dentro del ámbito de sus funciones, la Superintendencia igualmente puede solicitar a las personas naturales y jurídicas tanto de derecho público como de derecho privado, el suministro de datos, informes, libros y papeles de comercio, así como el a los equipos de cómputo, móviles y correos electrónicos, que estos requieran para ejercicio de sus funciones", señaló la superintendencia.
Este es el comunicado de la SIC en donde anuncian la imputación de cargos. Foto:Archivo particular
Según la entidad con esta imputación de cargos busca determinar si en el curso de la visita istrativa de inspección, los ahora investigados omitieron el deber de acatar las órdenes e instrucciones dadas por la Superintendencia "como Autoridad Nacional para la Protección de la Competencia; y con ello, establecer si pudieron obstruir la investigación que se adelanta por parte de esta Entidad en el marco de sus funciones, o no".
Y agregaron: "Las conductas omisivas objeto de investigación pudieron materializarse al haber desatendido los requerimientos de información, haberse negado a entregar la información almacenada en dispositivos electrónicos y/o no atender las diligencias programadas por la Superintendencia. Estas conductas pudieron impedir u obstaculizar el ejercicio de las facultades de la Superintendencia como Autoridad Nacional para la Protección de la Competencia".
Además, la entidad aseguró que durante las diligencias le explicó a los funcionarios el alcance de las facultades de la Superintendencia y el deber de reserva que le asiste. También, las consecuencias a las cuales se podrían ver expuestos los investigados por no atender las solicitudes órdenes e instrucciones.
La entidad finaliza diciendo: "Esta investigación puede culminar con la imposición de sanciones hasta por el valor de 2.000 SMLMV para cada persona natural que haya infringido de forma directa las normas sobre protección de la competencia o que haya colaborado, autorizado, promovido, impulsado, ejecutado o tolerado dichas conductas. Lo anterior de conformidad con lo establecido en los artículos 25 y 26 de la Ley 1340 de 2009".