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Petro: ¿Qué artículo de la Constitución lo designa como jefe de Estado?

El presidente Petro aseguró que él es el "jefe" del fiscal Francisco Barbosa. 

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La tensión entre el presidente Gustavo Petro y el fiscal Francisco Barbosa ha aumentado en las últimas horas, más aún después de que la Corte Suprema de Justicia se pronunció y aseguró que el primer mandatario realizó una "errada interpretación" de un artículo de la Constitución. 
Y es que este viernes, Petro aseguró que él, como jefe de Estado, también es el jefe del fiscal Barbosa, lo cual ha generado una ola de críticas, pues en Colombia hay separación de poderes.
“El fiscal olvida una cosa que la Constitución le ordena: yo soy el jefe de Estado, por tanto, el jefe de él”, aseguró en una declaración a medios de comunicación en España. Tras esas palabras, Barbosa lanzó fuertes cuestionamientos al Presidente. Dijo que era “un atentado a la independencia judicial en Colombia” y que Petro no es su jefe.
El fiscal general Francisco Barbosa y el candidato Gustavo Petro.

El fiscal general Francisco Barbosa y el candidato Gustavo Petro. Foto:Archivo Particular

Pero, ¿cuál es ese artículo que Petro menciona? Se trata del 115 de la Carta Magna, que establece: "El Presidente de la República es Jefe del Estado, Jefe del Gobierno y suprema autoridad istrativa". 
Por eso el jefe de Estado, en sus redes sociales, se ha defendido afirmando: "No he faltado a mi palabra ni a la Constitución en mi respuesta al fiscal que a su vez me irrespeta como jefe del Estado. Como jefe de Estado soy representante de la Nación ante el mundo y ante el pueblo (...)". 
Pese a esto, la Corte Suprema respondió con firmeza manifestando que el mandatario está interpretando mal dicho artículo. En un comunicado que fue leído por el presidente del alto tribunal, el magistrado Fernando Castillo, aseguran que les genera "gran inquietud la errada interpretación del artículo 115 de la Constitución Política, realizada y difundida en las últimas horas por el señor Presidente de la República, porque desconoce la autonomía e independencia judicial, cláusula fundacional de la democracia colombiana y pilar esencial del Estado social de Derecho".
Luego explicaron: "La istración de Justicia, de la cual forma parte la Fiscalía General de la Nación, es la función pública que cumple el Estado, para proteger los derechos, libertades y garantías de la población y, también, para hacer efectivas las obligaciones consagradas en el ordenamiento jurídico. Por ello, en cumplimiento de esta función del Estado, los jueces, en sus providencias, sólo están sometidos al imperio de la ley, mientras los fiscales, además, están regidos por estrictos controles de legalidad en sus actuaciones".
Petro, por su parte, continúa cuestionando a la Fiscalía por una discusión que surgió luego de que publicó un artículo de ‘La Nueva prensa’ sobre el fiscal Daniel Hernández. En este se señala al funcionario de supuestamente “permitir homicidios del clan del Golfo en la Costa Norte”.
"Como representante del Estado ante el pueblo de nuevo pregunto: ¿Sabia la Fiscalía de la existencia de una lista del clan del golfo con el nombre de 200 personas a las que iban a asesinar y que después, sin ninguna actividad preventiva de la Fiscalía asesinaron?", reparó. 
Aura Saavedra
REDACCIÓN POLÍTICA

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