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‘Los suplementos alimenticios deben ser utilizados como producto de una política pública basada en la evidencia’: reconocida pediatra ante propuesta del Gobierno de prohibir estos productos en niños

Clemencia Mayorga, médico pediatra y presidente Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá, asegura que los suplementos dietarios deberían ser consumidos por niños solo bajo la recomendación de un experto.

Clemencia Mayorga, médico pediatra y presidente Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá.

Clemencia Mayorga, médico pediatra y presidente Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá. Foto: Academia Nacional de Medicina

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PERIODISTA DE MEDIOAMBIENTE Y SALUDActualizado:

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El consumo de suplementos dietarios en Colombia podría cambiar. Este tipo de productos, muy populares con marcas como Tarrito Rojo o Cerebrit, y que se venden de forma libre, podrían quedar prohibidos para menores de 18 años, de acuerdo con un borrador de decreto revelado en exclusiva por EL TIEMPO 
Los suplementos dietarios no son alimentos y no pueden suplir una alimentación balanceada, sin embargo, sí son esenciales en casos de carencias nutricionales, tanto en adultos como en niños. De hecho, Colombia es el segundo país de la región que más consume suplementos dietarios, solo superado por Brasil, de acuerdo con datos de la Alianza Latinoamericana de Nutrición Responsable (Alanur). Según las cifras expuestas por la organización, el 45% de la población colombiana consume o ha llegado a consumir en algún momento de su vida productos alimenticios complementarios.
El borrador de normativa, que actualmente se encuentra publicado para comentarios, tiene el objetivo de establecer “las condiciones y requisitos sanitarios en materia de suplementos dietarios”. De acuerdo con el borrador de decreto, se entiende como suplemento dietario “aquel producto que cumple con todas las siguientes condiciones: a) ser elaborado para incrementar o adicionar a la alimentación normal diaria de las personas sanas; b) ser de consumo exclusivo por vía oral y estar presentado en las formas farmacéuticas autorizadas; y c) contener nutrientes solos o en combinación, tales como proteína, aminoácidos, ácidos grasos, vitaminas y minerales, así como otros ingredientes autorizados, pero no sustancias con acción farmacológica o terapéutica (de acuerdo con su concentración)”.
El registro del producto fue suspendido y no podrá ser comercializado.

Estos suplementos dietarios solo podrían ser consumidos por personas mayores de 18 años. Foto:iStock

En ese sentido, en el artículo 5 del borrador de decreto se establece que dichos suplementos dietarios “solo deben formularse para adultos sanos (personas mayores de 18 años). No deben estar formulados para mujeres gestantes y lactantes”. Dicha decisión ha causado revuelo en la industria, que asegura que actualmente muchos de estos productos no solo vienen con dosificación para niños sino que además tienen presentaciones enfocadas específicamente en menores, que buscan complementar su alimentación, como es el caso de Tarrito Rojo Kids.
En entrevista con EL TIEMPO, Clemencia Mayorga, médico pediatra y presidente Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá, asegura que estos productos sí deberían usarse como parte de una política pública para enfrentar la desnutrición, pero que es clave que sean regulados para que solo se permita su consumo en niños en casos en los que sea necesario.

¿Es acertada la decisión de prohibir la venta de estos productos a niños?

Hay una discusión de fondo ahí y es que las cifras de nutrición en Colombia son alarmantes, en especial de desnutrición crónica con déficit nutricionales de sustancias específicas. Es decir, Colombia, según todos los estudios y la evidencia científica, muestra que hay déficit de ciertos microelementos en grupos especiales en la primera infancia y hacia la adolescencia.
Eso quiere decir que de fondo tenemos que mejorar el tema de seguridad alimentaria para el país, es decir, todas las condiciones que provean alimentos de calidad. Pero eso implica unas políticas públicas multifactoriales para mejorar las condiciones sociales, económicas y nutricionales de las familias.
Pero aparte de eso, mientras ese trabajo se lleva a cabo y se logra, en muchos casos específicos es necesario el aporte de estos elementos como suplementos específicos formulados por un profesional o como política de salud pública.
Entonces me parece que hay que mirar el tema mucho más de fondo y no solamente prohibiendo unos suplementos, sino de qué se trata la desnutrición, cuál es la política pública para superar la desnutrición y mientras tanto, cómo vamos a hacer en los casos en los que se requieran esos suplementos específicos, que de no usarse pueden tener consecuencias importantes a nivel cognitivo y de desarrollo. Se pueden usar de la mano de un profesional de la salud y siempre y cuando, por supuesto, sean productos que están autorizados por las autoridades sanitarias del país.
Definición de suplemento dietarios según el borrador de decreto del Ministerio de Salud.

Definición de suplemento dietarios según el borrador de decreto del Ministerio de Salud. Foto:Archivo particular

¿Deberían ser formulados entonces estos productos únicamente por personal de la salud?

Hay dos alcances para utilizar estos suplementos, pero siempre creo que deben ser utilizados como producto de una política pública. Entonces hay dos aspectos para utilizarlos: desde una atención individual, que debe ser con un profesional de la salud que encuentra un déficit específico de una vitamina, por ejemplo, y debe hacer una formulación.
Por ejemplo, el déficit de hierro afecta a una tercera parte de nuestra primera infancia y eso requiere una suplementación que debe hacerla un profesional de la salud. Pero también están las intervenciones desde la salud colectiva, es decir, que en una determinada población, por una política pública con evidencia científica, se tome la decisión de suplementar a todos los niños con un producto específico mientras se superan las otras causas que conducen a ese déficit, producto de la inseguridad alimentaria.
El decreto establece los requisitos generales y referencias para las sustancias permitidas en suplementos dietarios.

El decreto establece los requisitos generales y referencias para las sustancias permitidas en suplementos dietarios. Foto:Archivo particular

Algunos expertos consideran que esta prohibición podría ampliar las brechas de desnutrición en el país. ¿Usted lo considera igual?

A mí me parece, con todo respeto, aventurado decirlo. No sabemos de qué población específica estamos hablando y no sabemos en qué contexto específico estamos hablando. Si hablamos de determinadas poblaciones en Colombia, eso podría ser cierto, pero en otras poblaciones en la misma Colombia, eso seguramente no es cierto.
Entonces me parece que no se puede generalizar, pero sí pienso que la política de prohibición, sin tener claro cuáles son los déficit nutricionales específicos en Colombia en la población infantil y cuáles son las políticas públicas para hacer esa suplementación, pues no es la mejor decisión a mi juicio.
EDWIN CAICEDO
Periodista de Medioambiente y Salud
@CaicedoUcros 

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